Queja número 14/1817
Se reanuda la tramitación de expediente de dependencia paralizado.
La interesada, en representación de su padre, nos exponía la angustiosa situación de éste, viudo y que tras diversos infartos y rotura de ambas caderas había quedado en silla de ruedas.
El afectado no podía valerse por sí mismo, por lo que el agravamiento de su estado y su viudedad sobrevenida, hicieron necesario que en marzo de 2012 se solicitara la revisión de la dependencia moderada que tenía reconocida por Resolución de 3 de mayo de 2010.
Sin embargo, dicha petición no había sido atendida, a pesar de que habían transcurrido más de dos años desde que se formalizara y de que incluso en este tiempo había fallecido la mujer del interesado, sin que la misma tampoco obtuviera el recurso correspondiente a su gran dependencia.
Solicitado informe a la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, ésta nos participó que por Resolución de 9 de octubre de 2014 se ha reconocido la dependencia severa del padre de la interesada, remitiendo el procedimiento a los Servicios Sociales para la elaboración de la propuesta de PIA. Ello suponía, en definitiva, que el asunto por el que acudió a nosotros se encontraba en vías de solución, por lo que procedimos a dar por concluidas nuestras actuaciones.
También le indicamos a la interesada que en el caso de demorarse la visita de los Servicios Sociales, podía acudir ante los mismos para informarse de la fecha en que se encontraba prevista la realización de la propuesta de PIA en el expediente de su padre.
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