Queja número 17/5173
La parte promotora de la presente queja, exponía que en fecha 16 de septiembre de 2016 presentó escrito ante el Patronato de Recaudación Provincial de Málaga formulando reclamación a consecuencia de traba por embargo en cuenta por supuesto impago de recibo de basura en inmueble del que no es titular y por tanto no es sujeto pasivo de la referida tasa, sin que hasta la fecha de la presentación de la queja hubiera recibido una respuesta.
Interesados ante la Administración tributaria, nos informan que mediante Resolución de la Tesorería del Ayuntamiento se acuerda anular el recibo correspondiente al ejercicio 2013 en concepto de Tasa de Basura, objeto de la presente queja, por error en su emisión a nombre del promotor, fundamentado en pertenecer el inmueble a distinta persona con el mismo nombre.
Dado que el presente expediente de queja se inició a los únicos efectos de romper el silencio mantenido por la Administración al recurso formulado, y considerando que dicha cuestión ha quedado solventada, procedemos a dar por concluidas nuestras actuaciones en el expediente de queja.
0 Comentarios
Escribir un comentario