Queja número 19/2680
La persona interesada expone que la Administración no contestaba su solicitud de ayuda por nacimiento de tercer hijo, excediendo en mas de un año el plazo previsto en la Orden que venía a regular el régimen aplicable y el procedimiento a través del cual podrían percibirse las ayudas contempladas sobre medidas de Apoyo a las Familias Andaluzas.
No fue hasta marzo de 2019 que recibió una carta solicitándole el certificado de empadronamiento colectivo, el cual entregó de inmediato sin que pasado mas de un mes hubiera obtenido respuesta.
Tras varias actuaciones desde esta Institución del Defensor del Pueblo Andaluz, también Defensor del Menor de Andalucía, recibimos un informe de la Administración en el que se indica que en estos últimos años, ante las circunstancias de ajustes económicos-financieros de reequilibrio de las Administraciones Públicas, el crédito disponible ha venido siendo insuficiente para poder atender la totalidad de las solicitudes presentadas en esa Delegación Territorial, situación que dio lugar a la suspensión en la tramitación de los expedientes incoados, hasta contar nuevamente con dotación económica. Una vez que ha habido desconcentración presupuestaria del crédito, se está empezando la tramitación y correspondiente pago de solicitudes pendientes de años anteriores.
De dicha información se deduce que el asunto planteado en la queja se encuentra en vías de solucionado.
Por todo ello se considera que este asunto ya no requiere de la actuación de esta Institución.
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