Queja número 20/0699
En relación con expediente de queja recibido en esta Institución referente a falta de respuesta a silencio mantenido por la Administración a la reclamación y solicitud de devolución en liquidación por el IIVTNU, el Ayuntamiento de Almería nos traslada la siguiente información:
“Al objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 9/1983, de 1 de diciembre del Defensor del Pueblo Andaluz en relación con su solicitud de información sobre expediente relativo a recurso de reposición presentado por Dª. E .V. L. de 28 de junio de 2017 contra liquidación del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana /IIVTNU), con fecha 24 de abril de 2020 se ha dictado Resolución,...por la Adjunta al Titular del Órgano de Gestión Tributaria municipal, mediante la que se estima el recurso presentado”.
Tras un detenido estudio de dicha información, dado que el presente expediente de queja se inició a los únicos efectos de romper el silencio mantenido por la Administración a su escrito de fecha 28 de junio de 2017, y considerando que dicha cuestión ha quedado solventada, procedemos a dar por concluidas nuestras actuaciones en el expediente de queja.
0 Comentarios
Escribir un comentario