La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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Resolución de concesión para una persona que nos solicitaba la Renta Mínima

Queja número 19/2344

El Defensor del Pueblo Andaluz formulaba Resolución recomendando a la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Granada que sin más dilación que la estrictamente necesaria para la comprobación de los datos y requisitos previstos en la norma, se dicte resolución que ponga término al procedimiento de la persona afectada, aprobando definitivamente, en su caso, el reconocimiento y concesión de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía, en el supuesto de que reúna los requisitos exigidos para ello en la normativa vigente.

Asimismo, recomendaba que se adopten las medidas necesarias en lo que se refiere a la dotación de los medios materiales y personales a la Delegación Territorial de Granada, con la finalidad de que se resuelvan las solicitudes de la RMISA en el plazo legalmente establecido de dos meses, a contar desde el día primero del mes siguiente a la fecha de entrada de la solicitud.

En respuesta la Administración nos informa que el expediente iniciado en diciembre de 2018, está actualmente con resolución de concesión, con efectos económicos hasta el 31/03/2020.

En cuanto a la segunda recomendación formulada, se nos informa que desde ese servicio se ha analizado los déficits materiales y humanos y se ha elevado dicha recomendación a los superiores jerárquicos, para que inicien los procedimientos necesarios par el cambio de l RPT ajustándolos a la realidad competencial de ese servicio, así como se ha instaurado un Plan de Choque de horas extraordinarias abonadas para reducir el tiempo de espera para acceder a esta prestación garantizada.

Dado que la resolución formulada ha sido aceptada por la Administración, quedando resuelto el asunto planteado por la parte promotora de la queja, procedemos al cierre del expediente.

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