Queja 12/7028, denunciando la demora en autorizar el reingreso al servicio activo de un trabajador de la RTVA.
En esta queja, presentada por correo electrónico el día 20 de noviembre de 2012, un trabajador de la RTVA en situación de excedencia voluntaria, denunciaba que su empresa, RTVA, no daba respuesta alguna a la petición de reingreso al servicio activo, solicitada el día 23 de febrero de 2012, a una plaza que había quedado vacante tras la ultima convocatoria de acceso.
De la información facilitada por la Dirección de Organización, Recursos Humanos y Servicios Generales de la Agencia Pública Empresarial de la Radio Televisión de Andalucía (RTVA), pudimos constatar, por un lado, el excesivo tiempo transcurrido desde que el trabajador solicitó el reingreso –23 de febrero de 2012- y la fecha en que se autorizó su incorporación –23 de enero de 2013- y, por otro lado, el incumplimiento por RTVA del vigente Convenio Colectivo que reconoce al trabajador el derecho preferente de reingreso en las vacantes de igual o similar categoría a la suya, que existieran o se produjeran en la Agencia Pública Empresarial de la RTVA y sus Sociedades Filiales.
En todo caso, la demora en la resolución de reingreso (un año) no se justifica por la RTVA y, además, se evidencia que la intervención de este Comisionado facilitó la autorización para el reingreso del trabajador, la cual no debería demorarse más de dos meses, salvo que no existan vacantes o cualquier otra causa justificada que imposibilite la misma.
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