Queja número 21/0991
En relación con expediente de queja recibido en esta Institución de interno con intenciones autolíticas solicitando derivación a psiquiatría y traslado de Centro Penitenciario, la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias nos traslada la siguiente información:
“El interno solicitó traslado por vinculación familiar al centro penitenciario de Jaén, mostraba inquietud por la lejanía con su familia. La Junta de Tratamiento del centro penitenciario de Córdoba, el 15/12/2020 propuso y este Centro Directivo acordó en resolución del 01/03/21 el traslado del interno al centro penitenciario de Jaén, en donde ingresó el 19/04/2021.
Sólo nos consta una autolesión en su expediente y es de fecha 30/11/15.
El interno ingresó en el centro penitenciario de Córdoba el 20/11/2020 procedente de CP. Sevilla l, consultada su historia clínica entre sus antecedentes en la esfera de la Salud Mental se encuentran politoxicomanía y ansiedad, para lo que recibe tratamiento con Diazepam 10mg, un comprimido al día y Mirtazapina 30 mg, un comprimido al día. Las consultas que ha realizado a su médica de módulo, desde su ingreso, han sido por otros motivos médicos, sin relación con dichas patologías.
Solo ha consultado una vez por sintomatología ansiosa por urgencias, determinando el facultativo médico de guardia no procedente aumentar la dosis de psicofármacos.
Los facultativos que pasan consulta en este centro son especialistas en Medicina Familiar y Comunitaria, exploran la esfera biopsicosocial de los pacientes y se encuentran capacitados para establecer un tratamiento con psicofármacos ante determinados síntomas, sin requerir la intervención de la especialidad en psiquiatría.
Es por este motivo que no se ha considerado necesaria la derivación a Salud Mental, ya que con el tratamiento prescrito se encuentra estable y sin alteraciones psicopatológicas ni del comportamiento”.
Analizada la información facilitada por la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias en la que se confirma que su petición de traslado fue aceptada y que ha sido atendido por los facultativos del centro, encontrándose estable, damos por concluidas nuestras actuaciones y procedemos al cierre del expediente de queja.
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