La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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Queremos conocer el funcionamiento de los Comités de Investigación Interna para situaciones de acoso en la Administración Andaluza

Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 18/0823 dirigida a Comités de Investigación Interna para situaciones de acoso

RESUMEN DEL RESULTADO (CIERRE DE QUEJA DE OFICIO)

La administración acepta nuestras recomendaciones sobre la constitución y funcionamiento de los Comités de Investigación Interna para situaciones de acoso.

02-05-2018 APERTURA DE LA QUEJA DE OFICIO

La Constitución Española garantiza a cualquier persona el derecho a recibir un trato correcto, respetuoso y digno en el ejercicio de sus funciones profesionales y a realizar su actividad laboral libre de cualquier tipo de acoso psicológico o sexual, así como de cualquier discriminación prohibida en nuestro ordenamiento jurídico.

La Ley 31/1995, de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales, establece que todas las organizaciones laborales, incluidas las Administraciones Públicas, deben promocionar la mejora de las condiciones de trabajo de su personal y elevar el nivel de protección de la seguridad y salud del mismo, no sólo velando por la prevención y protección frente a riesgos que pueden ocasionar menoscabo o daño físico, sino también frente a riesgos que puedan originar deterioro en su salud psíquica.

La Administración de la Junta de Andalucía, con objeto de garantizar la protección de las personas empleadas públicas y de sus derechos fundamentales constitucionalmente reconocidos, por Acuerdo de 27 de octubre de 2014, de la Mesa General de Negociación Común del personal funcionario, estatutario y laboral de dicha Administración, aprobó el protocolo de prevención y actuación en los casos de acoso laboral, sexual y por razón de sexo u otra discriminación, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Dicho Acuerdo, negociado y firmado por la Administración andaluza y por la representación de las Organizaciones Sindicales CSIF y UGT, integrantes de la Mesa General de Negociación Común del Personal de la Administración de la Junta de Andalucia, tiene como objeto establecer mecanismos para prevenir y evitar las conductas que pudieran constituir acoso laboral, sexual y por razón de sexo u otra discriminación, como el origen racial o étnico, la religión o convicciones, la discapacidad, la edad, la orientación sexual o cualquier condición o circunstancia personal o social y fijar un procedimiento de actuación ante los casos que pudiera presentarse.

De entre los órganos competentes llamados a intervenir en la prevención y evitación de situaciones de acoso, se establece en el Protocolo ( clausula III.1. Unidades Competentes) que son los Comités de Investigación Interna a los que se encomienda toda la tramitación que requieran este tipo de denuncias. En concreto, y entre otras funciones, se señalan las siguientes: recibir el escrito/denuncia, decidir sobre su tramitación o archivo, y, en su caso, llevar a cabo la investigación, y designar a la persona mediadora, si fuera oportuna su intervención, así como elaborar un informe con las conclusiones y propuestas de medidas a adoptar.

A tal fin, y como se dispone en el citado Protocolo, dichos Comités están compuestos por dos personas en representación de la Administración y otras dos de entre los Delegados/a de Prevención en el ámbito del Comité, que deberán reunir los requisitos exigidos en el Protocolo, constituyéndose en cada provincia los siguientes:

- Administración Educativa. Sus miembros serán nombrados por la persona titular de la Delegación Territorial competente en materia de Educación.

- Administración Sanitaria. Sus miembros serán nombrados por la persona titular de la Delegación Territorial competente en materia de Salud.

- Administración de Justicia. Sus miembros serán nombrados por la persona titular de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía.

- Administración General. Sus miembros serán nombrados por la persona titular de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía. No obstante, en el ámbito de los Servicios Centrales de las Consejerías, Agencias Administrativas y Agencias de Régimen Especial, se constituirá un Comité de Investigación Interna diferenciado, cuyos miembros serán nombrados por la persona titular de la Secretaria General para la Administración Pública.

Del estudio y conclusiones de las quejas tramitadas en los últimos tres años, desde que se constituyeran los Comités de Investigación Interna, se ha puesto de manifiesto, singularmente, una doble deficiencia en el funcionamiento de los mismos: por un lado, la demora en las actuaciones y elaboración del Informe de Conclusiones, y por otra, de especial relevancia, la demora en su constitución, ante la falta de candidatos para su nombramiento y las renuncias de los inicialmente designados.

En consecuencia con lo anterior, esta Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz, en virtud de las facultades, atribuciones y competencias que le corresponden por aplicación de lo establecido en el art. 1, en relación con el art. 10, de la ley 9/1983, de 1 de diciembre, del Defensor del Pueblo Andaluz, ha decidido iniciar actuación de oficio, ante las Presidencias de cada uno de los Comités de Investigación Interna de las Administraciones Educativa, Sanitaria, de Justicia y de Administración General de la Junta de Andalucía.

Asimismo, dirigimos esta queja de oficio ante los Comités de Investigación Interna de las Agencias Administrativas y de las Agencias de Régimen Especial de la Administración andaluza.

26-10-2021 CIERRE DE LA QUEJA DE OFICIO

Tras la tramitación de dicho expediente, esta Institución decidió, al amparo de lo establecido en el art. 29.1 de la Ley 9/1983, de 1 de diciembre, del Defensor del Pueblo Andaluz, formular a los organismos afectados en dicho expediente, con fecha 24 de julio de 2019, Resolución conteniendo Recordatorio de Deberes Legales, Recomendaciones y Sugerencias.

Tras el estudio de las respuestas recibidas de las Administraciones competentes, se procede a dar por concluidas nuestras actuaciones en el presente expediente de queja.

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