Queja número 26/2119
Esta Institución de la Defensoría de la Infancia y la Adolescencia, y Defensor del Pueblo Andaluz, tramita la queja identificada con el número señalado en el encabezamiento, relativa a dotación de escaleras de incendios en un Centro de Educación Infantil y Primaria CEIP en una localidad de la provincia de Málaga.
Las diferentes actuaciones en el curso de este expediente nos han permitido analizar la situación planteada en la queja y, tras diversos trámites, que a continuación se detallan, hemos accedido a las información ofrecida desde el ayuntamiento de Málaga y la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional.
El ayuntamiento, con fecha 25 de febrero de 2026, indicaba que “En relación al expediente arriba indicado, mediante el cual el Defensor del Pueblo solicita información sobre la aparente carencia de medidas singulares de seguridad en el CEIP , concretamente lo referente a la falta de escaleras de incendios en citado centro, desde esta Junta Municipal informamos que, el proyecto de construcción e instalación de la misma es de la Delegación de Educación de la Junta de Andalucía. En consecuencia, se considera que a solicitud de información formulada por el Defensor del Pueblo debería dirigirse a la citada Delegación, por ser el órgano responsable del proyecto y, por tanto, el competente para emitir el informe correspondiente”.
Por su parte la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional señalaba con fecha 13 de marzo:
“En el año 2022 se tramitó el expediente de contratación de la obra de ejecución de una escalera de evacuación exterior en el citado centro, con dotación presupuestaria y licitación publicada. No obstante, la actuación quedó finalmente desierta debido a problemas surgidos en la fase de adjudicación con la empresa licitadora, lo que imposibilitó la formalización del contrato y, en consecuencia, el inicio de las obras. Esta circunstancia se ha visto además condicionada por la naturaleza de los fondos FEDER inicialmente previstos para la financiación de la actuación, que tienen carácter finalista y están sujetos a estrictos plazos y requisitos de ejecución, lo que ha exigido una reprogramación de la inversión y un replanteamiento de su esquema de financiación.
Tras una desestimación inicial debido a la necesidad de revisar la adjudicación a la luz de las obligaciones que, en materia de conservación de las edificaciones y mantenimiento de las condiciones de seguridad, impone la normativa autonómica, en particular la Ley 7/2021, de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía (LISTA), la Dirección General de la Agencia Pública Andaluza de Educación (APAE) ha incluido, con fecha 28/01/2026, la instalación de la escalera de incendios en el CEIP en el Programa Extraordinario de inversiones por necesidades sobrevenidas y de escolarización. Dicha inclusión se ha aprobado manteniendo el compromiso previamente adquirido por la Consejería en la programación anterior respecto a la ejecución de esta actuación en el centro. La actuación ha sido catalogada como de Urgencia Técnica y tiene previsto el comienzo de su ejecución a finales del presente mes de marzo.
En este contexto, la Consejería está trabajando en la actualización técnica y económica de la actuación y en la preparación del nuevo procedimiento de contratación, de acuerdo con la normativa de contratación del sector público y la planificación general de inversiones de la APAE, con el objetivo de que la escalera contra incendios pueda ejecutarse en las mejores condiciones y a la mayor brevedad posible dentro del mencionado curso 2025-2026. Mientras se culminan los trámites administrativos y se procede a la ejecución de la obra, la Delegación Territorial, en coordinación con la dirección del centro, mantiene y refuerza las medidas organizativas y preventivas previstas en los planes de autoprotección, a fin de garantizar la seguridad del alumnado, del profesorado y del resto del personal del CEIP .
Por último, se comunica que desde la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional se comparte la preocupación de la comunidad educativa del CEIP por la mejora de las condiciones de seguridad del centro, considerándose prioritaria la adecuación de sus infraestructuras a la normativa vigente en materia de protección contra incendios”.
El contenido de la queja venía a expresar una cuestión que, en todo momento, suscita la máxima atención a partir de la imprescindible actitud preventiva y de atención ante las condiciones que deben asumir los espacios singularmente llamados a acoger un importante volumen de personas. Estos escenarios adquieren sin duda una dimensión especial en el supuesto de los centros y edificios educativos.
Toda la normativa elaborada en el ámbito de la seguridad en la construcción y en los equipamientos, dirigidos especialmente a las condiciones de prevención y seguridad, adquieren un grado muy relevante para estas edificaciones escolares. Estos fundamentos se reflejan en la normativa específica que oportunamente señalan las administraciones interpeladas, ayuntamiento y Delegación educativa.
Entre las disposiciones aludidas destacamos el Decreto 304/2011, de 11 de octubre, por el que se regula la estructura organizativa de prevención de riesgos laborales para el personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía; y la Orden de 16 de abril de 2008, por la que se regula el procedimiento para la elaboración, aprobación y registro del Plan de Autoprotección de todos los centros docentes.
De este compendio citado reseñamos la exposición que ofrece el Decreto 304/2011 al señalar «La política en materia de seguridad ha evolucionado de un modo similar a la gestión de la calidad. La seguridad se concibe más en el contexto del "control total de pérdidas", una política encaminada a evitar las pérdidas mediante una gestión de la seguridad en la que interviene la interacción entre las personas, los procesos, los materiales, los equipos, las instalaciones y el medio ambiente. Los fallos detectados a tiempo, durante los controles de mantenimiento preventivo, evitan numerosas situaciones de accidentes. De ahí que sea necesario propiciar la participación y el compromiso de todas las personas en mejorar la calidad de las medidas de protección frente a las situaciones peligrosas».
Una vez citados los referentes normativos del caso, las informaciones recibidas han venido a corroborar la preocupación que se relataba en la queja recibida. Y, por su parte, la aportación de la Delegación remarca que “la Dirección General de la Agencia Pública Andaluza de Educación (APAE) ha incluido, con fecha 28/01/2026, la instalación de la escalera de incendios en el CEIP en el Programa Extraordinario de inversiones por necesidades sobrevenidas y de escolarización. Dicha inclusión se ha aprobado manteniendo el compromiso previamente adquirido por la Consejería en la programación anterior respecto a la ejecución de esta actuación en el centro. La actuación ha sido catalogada como de Urgencia Técnica y tiene previsto el comienzo de su ejecución a finales del presente mes de marzo”.
La situación, por tanto, parece que ha sido abordada con la reacción adecuada anunciando el compromiso de atajar estas carencias y además en fechas próximas, por lo que hemos de considerar que no procede elaborar un pronunciamiento formal como Resolución a fin de promover unas medidas que se han descrito y se hayan dispuestas para su ejecución a cargo de los responsables de la Consejería educativa.
No obstante, sí estimamos necesario señalar la importancia de ofrecer, ante todo, una especial atención a todos aquellos aspectos que presentan una relación más estrecha con las condiciones de prevención y seguridad en el centro que, manifiestamente, han quedado puestas en evidencia a lo largo del tramitación del expediente de queja. En esta línea también resaltamos la información ofrecida de que “en coordinación con la dirección del centro, se mantiene y refuerza las medidas organizativas y preventivas previstas en los planes de autoprotección, a fin de garantizar la seguridad del alumnado, del profesorado y del resto del personal del CEIP ”.
A la vista de las manifestaciones ofrecidas sobre el caso, debemos considerar que la cuestión abordada relativa a las instalaciones de seguridad y prevención, como la escalera de incendios, ha sido programada y su ejecución comprometida para fechas próximas; por lo que hemos de considerar que el asunto podemos valorarlo como en vías de solución.
Aunque, al día de la fecha procedemos a concluir nuestras actuaciones otorgando el plazo anunciado para concluir esos trabajos, quedamos dispuestos a realizar el seguimiento que, en su caso, resulte necesario hasta la efectiva disposición de este elemento de seguridad para el centro educativo.








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