La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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Proceden a devolverle la tasa por la publicación en BOJA de la suspensión de vista oral

Queja número 21/1504

En relación con expediente de queja recibido en esta Institución referente al silencio mantenido por la Administración a la reclamación formulada por solicitud de devolución de tasa por publicación en BOJA de suspensión de vista oral, la Secretaría General Técnica de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior nos traslada la siguiente información:

Con fecha 30 de marzo de 2021 se recibió escrito de esa institución informando de Ia interposición de una Queja registrada como nº 021/1504. a nombre de D. (...), relativa a la petición relacionada con una solicitud de devolución de una tasa del Boletín Oficial de Ia Junta de Andalucía. Dicha comunicación ha sido reiterada mediante escrito recibido el pasado 3 de mayo de 2021.

Se informa que, con respecto al expediente de devolución de ingresos indebidos DEVINGRE DII 5/2021, relacionado con Ia queja presentada por D. (...), y sustanciado por el Servicio de Publicaciones y BOJA, se ha dictado Resolución de la Secretaria General Técnica de 22 de abril de 2021 por la que se acuerda la devolución de ingresos indebidos, en los términos expuestos por el solicitante.

Tras la correspondiente fiscalización por Ia Intervención General de Ia Junta de Andalucía, se ha notificado Ia citada Resolución al interesado con fecha 5 de mayo de 2021. Se adjunta al presente escrito Ia Resolución y su correspondiente notificación”.

Tras un detenido estudio de dicha información, dado que el presente expediente de queja se inició a los únicos efectos de romper el silencio mantenido por la Administración a su escrito de fecha 1 de diciembre de 2018, y considerando que dicha cuestión ha quedado solventada, procedemos a dar por concluidas nuestras actuaciones en el expediente de queja.

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