Queja número 19/4462
La reclamante nos expuso que presentó en fecha 31 de julio de 2018 la solicitud de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía y a la fecha de presentar la queja no tenía respuesta, por lo que solicitaba nuestra intervención dada la situación de necesidad en la que se encuentra, debido a su carencia de ingresos y recursos de cualquier tipo.
Nos interesados ante la Delegación Territorial de Educación, Deporte, Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación en Sevilla, recordando la importancia de atender estas situaciones en base a lo recogido en el Decreto-Ley 3/2017, de 19 de diciembre, por el que se regula la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía, al decir: “el plazo para resolver y notificar la resolución será de dos meses a contar desde el día primero del mes siguiente a la fecha de entrada de la solicitud en el órgano competente para resolver”.
Al efecto, se recibe informe indicando que se ha emitido Resolución de concesión por la que se concede la RMISA, por un periodo inicial de 12 meses. Asimismo, dado que la resolución se produce fuera del plazo establecido en el mencionado Decreto-Ley 3/2017, y habiéndose superado el plazo para solicitar la ampliación por 6 meses de prestación, se le otorga un plazo de 10 días hábiles para solicitar dicha ampliación.
Dado que el asunto que planteaba la reclamante ha quedado resuelto, procedemos al cierre del expediente.
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