La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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Permuta de vivienda más adecuada a sus circunstancias familiares

Queja número 13/2487

Tras la actuación del Defensor del Pueblo Andaluz, el Ayuntamiento de Almería, con el acuerdo de los miembros de la unidad familiar, ha adquirido la vivienda en la que residían, incluida en una Unidad de Ejecución de un Plan Especial de Reforma Interior, poniendo a disposición de la familia otra vivienda en régimen de alquiler social, debido a sus circunstancias socio-económicas.

La interesada nos indicaba en su escrito de queja que residía en Almería y era propietaria de una vivienda de dos plantas, que adquirió en 1984 y arregló tras una subvención del programa de rehabilitación de la Junta de Andalucía, pero que estaba previsto su desahucio dentro del proyecto de un Plan Especial de Reforma Interior, que preveía su expropiación. Mostraba su disconformidad debido a que sus circunstancias socio económicas no le posibilitaban acceder a otra vivienda, cuando otras viviendas, por ejemplo la que colindaba con la suya, sí se mantenían.

Tras admitir a trámite la queja y después de varias actuaciones con el Ayuntamiento de Almería, hemos conocido que la vivienda de la interesada se encontraba incluida en la Unidad de Ejecución denominada PERI-NAN-01/105, afectada por una actuación de transformación urbanística que tiene por objeto reformar o renovar dicho ámbito. La redacción del Proyecto de Reparcelación del mencionado PERI no era definitiva y podían acordarse modificaciones en función de la resolución de las alegaciones presentadas por los vecinos dentro del periodo de información pública y del trámite de audiencia. Posteriormente, una vez que se alcanzó un acuerdo con la afectada, el Ayuntamiento había adquirido la vivienda de su propiedad, se había conseguido una quita en la hipoteca afectada al inmueble y se había puesto a disposición de los familiares de la interesada un piso en régimen de alquiler social.

Por tanto, entendimos que el problema que motivó la presentación de la queja, la expropiación de la vivienda, había quedado solucionado tras el acuerdo alcanzado y no resultaban precisas nuevas gestiones por nuestra parte en torno a este asunto.

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