Queja número 18/4783
La interesada relataba que AVRA les asignó una vivienda de una habitación en Los Bermejales en 2013. Les indicaron que la asignación era provisional, a la espera de que quedara disponible una vivienda de dos habitaciones, dado que su pareja y ella tenían un hijo de 12 años.
Se fueron quedando vacías diferentes viviendas de dos habitaciones en el mismo bloque en el que vivían pero pasaron tres años y no se les asignó ninguna.
En 2016, un vecino de su mismo bloque que disponía de una vivienda de dos habitaciones y se había quedado solo les ofreció intercambiar las viviendas. Así lo hicieron, considerando que no perjudicaban nadie, y se lo comunicaron a AVRA para poder regularizar la situación, pero seguían igual que entonces.
El 6 de junio de 2018 presentaron una solicitud formal pero todavía no tenían ninguna respuesta de AVRA.
En vista de lo anterior nos dirigimos a la citada Agencia, desde donde nos respondieron que la interesada fue autorizada por AVRA en el mes de mayo de 2013, a realizar el traslado de su unidad familiar, formada por ella, su cónyuge y el hijo de ambos, de la vivienda que ocupaban hasta entonces a otra, de un dormitorio, situada en la calle …, atendiendo a circunstancias especiales y con carácter transitorio, dado que la unidad familiar manifestó entonces su deseo de regresar al municipio de procedencia.
Sin embargo, durante la verificación realizada en mayo de 2017 en la citada promoción, se detectó que la reclamante había intercambiado la vivienda que tenía asignada con otro vecino del edificio, ello sin la preceptiva autorización de la Agencia y sin que desde entonces hasta el mes de mayo de 2018 ninguna de las dos familias hubiera presentado petición escrita para regular dicha situación, ello pese a que la interesada había manifestado el interés de su familia por continuar en Sevilla y no retornar a su municipio.
A finales de agosto de 2018 fue aprobado el Decreto 161/2018, de 28 de Agosto, que modifica el Decreto 149/2006, de 25 de julio, del Reglamento de Vivienda Protegida de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y el Reglamento regulador de los Registros Municipales de Viviendas Protegidas, aprobado por Decreto 1/2012 de 10 de Enero. La norma, a partir de esa modificación, determina que “los traslados y permutas entre viviendas protegidas en arrendamiento titularidad del mismo promotor no se consideran adjudicaciones a realizar por el RMDV", lo que permitía a AVRA regularizar la situación en la que se encontraba la reclamante y la persona con la que permutó su vivienda. En base a ello, era intención de la Agencia regularizar lo antes posible la situación de estas dos viviendas y de las familias que las habitaban.
Puesto que de lo anterior se desprendía que el asunto planteado se encontraba en vías de solución, dimos por concluidas nuestras actuaciones.
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