Queja número 18/1217
El compareciente exponía que el 22 de septiembre de 2017 solicitó su admisión al Programa de Solidaridad, sin que supiera nada de su resultado, excepto la solicitud de entrega de documentación que se le hizo en noviembre y que a continuación presentó, comunicando también el número de su cuenta corriente.
Al encontrarse desde hacía más de cuatro años en situación de desempleo y con 60 años de edad, le era muy necesario recibir esta ayuda.
Por nuestra parte, recordábamos la importancia de atender esta situaciones en base a lo recogido en el Decreto-ley 7/2013, de 30 de abril, de medidas extraordinarias y urgentes para la lucha contra la exclusión social en Andalucía, que en su disposición final segunda venía a modificar el Decreto 2/1999, de 12 de enero, por el que se regula la creación del Programa de Solidaridad de los Andaluces para la Erradicación de la Marginación y la Desigualdad en Andalucía, en el que en su apartado uno establecía un plazo de dos meses para resolver motivadamente las solicitudes desde la fecha de su presentación.
Por ello, nos dirigimos a la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Cádiz, desde nos informaron que a tenor de la documentación aportada con fecha 18 de diciembre de 2017 se solicitó a los Servicios Sociales Comunitarios Informe Social e Informe Policial para aclarar las personas que residían y convivían en el domicilio familiar.
Tras la presentación de los informes solicitados se propuso conceder para la siguiente Comisión de Valoración el pago de un Ingreso Mínimo de Solidaridad a la unidad familiar por un importe de 463,23 euros durante 6 meses. Dicha Comisión estaba prevista que se celebrase el 7 de mayo de 2018.
Considerando solucionado el asunto planteado dimos por concluidas nuestras actuaciones.
0 Comentarios
Escribir un comentario