Queja número 19/1965
En relación con expediente de queja recibido en esta Institución referente a reclamación sin resolver de la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita en Málaga.
Se ha recibido informe del citado Organismo donde nos exponen que dando cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 21 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, la Comisión con fecha de registro de salida 01/07/19, le remitió escrito a Vd. dándole traslado del Acuerdo adoptado con fecha 26-6-2019 en el que se le informa que con fecha 10-10-2017 se procedió a notificarle la Resolución del Iltre. Colegio de Abogados de Málaga de fecha 25-9-2017 por el que se procedía al archivo de los antecedentes al considerarse correcta la actuación del letrado de oficio que le fue designado.
Tras un detenido estudio de dicha información, dado que el presente expediente de queja se inició a los únicos efectos de romper el silencio mantenido por el referido organismo a su escrito, y considerando que dicha cuestión ha quedado solventada, con esta fecha procedemos a dar por concluidas nuestras actuaciones en el expediente de queja.
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