Queja número 17/3757
Revisión del PIA para cambiar la unidad de estancia diurna por plaza residencial.
La compareciente exponía que su madre tenía reconocida su situación de dependencia y asignada plaza en una Unidad de Estancia Diurna de un municipio onubense.
La avanzada edad de su madre, de 89 años y el deterioro correlativo, habían provocado un empeoramiento de su estado, que motivó la solicitud de revisión del PIA a mediados del pasado año 2016. La pretensión de la interesada, en beneficio de su madre, de su estabilidad y adaptación, era el de sustituir la unidad de estancia diurna por plaza residencial en el mismo Centro.
El procedimiento no había sido resuelto más de un año después, según le informaron, por falta de plazas vacantes concertadas, extremo éste que, según explicaba la interesada, era desmentido por la dirección de la Residencia.
Solicitado informe a la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Huelva, se nos contestó que, con fecha 18 de agosto de 2017, se dictó Resolución por la que se aprobaba el nuevo Programa Individual de Atención consecuencia de la revisión correspondiente por el que se reconocía el derecho de acceso al servicio de atención residencial en el centro en el que ya se encontraba como modalidad de intervención mas adecuada. Al mismo tiempo, en la citada Resolución se establecía la participación de la persona dependiente en el coste del servicio en un porcentaje del 75% sobre el total de sus ingresos anuales, excluidas, en su caso, las pagas extraordinarias, conforme a la normativa vigente por el que se regula la concertación de plazas con centros de atención especializada.
Al haber sido aceptada la pretensión de la interesada, dimos por concluidas nuestras actuaciones.
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