Queja número 18/0093
La Administración informa de los motivos por los cuales las cantidades cuyo pago venían reclamando los centros de educación infantil colaboradores no podían ser realizados en las fechas en los que fueron solicitados. De igual manera, nos informan que todos los pagos ya se habían producido, puesto que el impedimento legal que lo impedía se había superado.
Tanto en los últimos días del mes de diciembre de 2017, como en los primeros días del mes de enero de 2018, se han venido publicando en la prensa numerosas noticias que ponen de manifiesto la situación de impago en la que se encuentra la Junta de Andalucía, según podemos leer, al respecto de muchos de los centros de educación infantil acogidos al Programa de ayuda a las familias para el fomento de la escolarización en el primer ciclo de la educación infantil en Andalucía, aprobado por el Decreto-Ley 1/2017, de 28 de marzo.
Así, según han asegurado la Asociación de Escuelas Infantiles y la Coordinadora de Escuelas Infantiles a los medios de comunicación que se han hecho eco de sus reivindicaciones, en solo tres meses la Junta les debe casi cuatro millones de euros, afectando esta situación a más de un 10% de los centros adheridos al programa.
Los incumplimientos reiterados se retrotraen a 2012, cuando el sector se echó a la calle ante la asfixiante situación económica en la que estaban, estancados por una demora crónica que temen vuelva a repetirse, y si bien admiten que en los dos últimos años la Administración andaluza ha sido cumplidora con sus compromisos de pago, ahora parece que pudiera producirse de nuevo una historia que llevó en su momento al cierre de muchos de los centros de educación infantil que no pudieron soportar la presión.
Por su parte, se quejan de que la única explicación que han recibido por parte de la Agencia pública de Educación de Educación, organismo encargado de la gestión de las escuelas y centros del primer ciclo de educación infantil, es que todas las disfunciones se achacan a «fallos informáticos», entendiendo y estas incidencias no pueden causar los graves perjuicios económicos que se están causando a los centros y que, insisten, pueden suponer el cierre de muchos de ellos.
Teniendo en cuenta, las anteriores consideraciones, y de conformidad con el art. 10 de la Ley 9/1983, de 1 de Diciembre, reguladora de esta Institución, procedimos a incoar el presente expediente de oficio al objeto de poder conocer con mayor profundidad la cuestión expuesta y, en su caso, requerir a la Administración competente para que adopten las medidas oportunas en orden a su resolución.
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