La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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Nos informan de que el alumno recibe una respuesta educativa adecuada y ajustada a sus necesidades

Queja número 24/7410

La Defensoría de la Infancia y la Adolescencia de Andalucía, y Defensor del Pueblo Andaluz, tramita la presente queja relativa a los procesos de atención al alumnado con necesidades educativas y refuerzo de apoyo, en un centro educativo de una localidad de la provincia de Málaga.

En su día nos dirigimos ante la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional en Málaga trasladando dicha problemática y hemos recibido comunicación sobre el tema con fecha 29 de octubre de 2024.

ANTECEDENTES:

El menor se encuentra escolarizado en un CEIP de la provincia de Málaga. Según consta en el registro informático Séneca, presenta Necesidades Educativas Especiales (NEE) Asociadas a Trastornos graves del desarrollo del lenguaje. Con base a esta información se ha procedido a determinar los recursos educativos y asistenciales para su adecuado desarrollo escolar.

PRIMERO. Los centros educativos se organizan bajo los principios de atención a la diversidad e inclusión, tal y como establece la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, así como la Ley 17/2007, de Educación de Andalucía. Esta normativa promueve una educación inclusiva que garantiza una respuesta adaptada a las necesidades de todo el alumnado, buscando siempre su plena participación y desarrollo en el entorno escolar.

SEGUNDO. En el dictamen de escolarización elaborado por el Equipo de Orientación Educativa (EOE), con fecha 17/09/2024, se determinan los siguientes recursos para el menor:

- Medidas de carácter educativo: Programa Específico

- Medidas de carácter asistencial: Asistencia en el control de esfínteres. Asistencia en la higiene y aseo personal. Vigilancia. Supervisión especializada.

- Profesorado especialista: Profesorado especialista en Audición y Lenguaje (AL)

- Personal no docente: Personal Técnico de Integración Social (PTIS)

En la base de datos de los recursos personales del CEIP constan dos PTIS cada uno a 25 horas y un educador social. Uno de los PTIS da asistencia en el comedor escolar.

CUARTO. Tal y como indican las Instrucciones de 8 de marzo de 2017, de la Dirección General de Participación y Equidad, que establecen el Protocolo de detección e identificación del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo (NEAE), la intervención del PTIS se justifica en aquellos casos donde el alumno requiera ayuda o asistencia en desplazamientos, aseo personal, alimentación, control de esfínteres, uso del WC o necesite una supervisión especializada que exceda las capacidades del profesorado ordinario. Dicho recurso solo se indica cuando no se puede dar respuesta a las necesidades del alumno mediante medidas más normalizadas.

QUINTO. Es importante aclarar que la solicitud de recursos humanos, como el caso del Personal Técnico de Integración Social (PTIS) no es competencia de las familias. Es la dirección del centro quien debe realizar dicha solicitud a través de ventanilla electrónica dirigida al Servicio de Gestión de Recursos Humanos, para garantizar la cobertura del personal necesario. El centro educativo tiene la responsabilidad de organizar y distribuir de manera óptima los recursos asignados, para asegurar la mejor atención posible a los estudiantes que los requieren, basándose en dichos informes.

SEXTO. Desde el Servicio de Ordenación Educativa, se mantiene un proceso continuo de revisión de los censos del alumnado con Necesidades Específicas de Apoyo Educativo (NEAE) para ajustar los recursos a las necesidades actuales de los centros. En el caso de que, a través de nuevas evaluaciones psicopedagógicas o revisiones de las existentes, se detecten nuevas necesidades en el alumnado que justifiquen una ampliación de recursos, se procederá a su evaluación conforme a los plazos y procedimientos establecidos.

En función de todo lo expuesto, consideramos que el menor cuenta en el CEIP con todos los recursos asignados en su dictamen de escolarización. Por tanto, en este momento, está recibiendo una respuesta educativa adecuada y ajustada a sus necesidades”.

Tras estudiar el informe enviado, hemos de comprobar la reacción adoptada por las autoridades educativas desde la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional en Málaga para abordar las necesidades del centro y de la familia del alumno afectado. También observamos que el informe recibido de la Delegación alude a una dotación acorde a las ratios o parámetros de servicio que planifican los servicios educativos en relación con la dotación de la figura de profesionales de apoyo ante perfiles o dificultades del aprendizaje.

Efectivamente, esta definición del servicio del informe de la Delegación describe las necesidades evaluadas, y debemos entender que la programación del servicio de apoyo educativo ha establecido la conveniencia de los apoyos fijados, a la vez que anuncian su intención de evaluar estas necesidades y procurar disponer, en cada caso, de los apoyos oportunos siguiendo siempre los dictámenes de los Equipos de Evaluación y Orientación.

Este singular apoyo deriva de los respectivos informes psicopedagógicos de cada alumno o alumna que permite determinar las necesidades de recursos específicos del alumnado de necesidades educativas especiales. Por otra parte, los recursos se distribuyen cada curso escolar, tras el estudio de las necesidades detectadas en todos los centros educativos a través de los Servicios de Ordenación Educativa proponiendo la distribución de estos recursos personales.

En el marco de esta metodología, destacamos la información de que “En función de todo lo expuesto, consideramos que el menor cuenta en el CEIP con todos los recursos asignados en su dictamen de escolarización. Por tanto, en este momento, está recibiendo una respuesta educativa adecuada y ajustada a sus necesidades”. por lo que confiamos que las medidas adoptadas puedan aportar una mejora de la situación.

Comprendiendo la preocupación generada en la familia por disponer de los recursos adecuados, valoramos que la situación se está abordando desde unas pautas razonables y, por ello, consideramos que el asunto parece encontrarse en vías de solución, otorgando un plazo de tiempo oportuno para disponer la aplicación de estas medidas y su consiguiente valoración.

Y así, procedemos a concluir nuestra intervención quedando dispuestos a realizar todas las actuaciones de seguimiento que resulten oportunas.

¿Te preocupa algo o tienes alguna duda?

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