La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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Nos informan de las medidas por las denuncias de insalubridad y ruidos de animales en la azotea de una vivienda

Queja número 15/4329

El Defensor del Pueblo Andaluz conoce las actuaciones que han seguido el Ayuntamiento de Tocina y la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente de Sevilla ante las denuncias de insalubridad y ruidos generados por la tenencia no permitida por las ordenanzas municipales de animales en la azotea de una vivienda.

El interesado denunciaba en su escrito de queja las condiciones de insalubridad, falta de higiene y riesgo sanitario en que se encontraba debido a la acumulación, en la vivienda colindante a la suya, de animales de granja (galgos, gallos, gallinas, cabra, etc.) en la azotea, a lo que se añadían los ruidos que originaban estos animales o los olores desprendidos por ellos y la comida en descomposición acumulada. Además, su vivienda estaba siendo invadida por roedores e insectos. Habían denunciando en varias ocasiones estos hechos al Ayuntamiento de Tocina (Sevilla) para que pusiera fin, siempre según el interesado, “a este atentado contra la salud y la higiene, no solo sobre los habitantes de mi casa en particular, sino contra los vecinos del barrio en general. Sin obtener respuesta y ninguna acción por parte de el Ayuntamiento (…) nos dirigimos a la policía local, que se remitió a realizar distintos partes, y redirigirnos al Ayuntamiento, alegando que es competencia suya”.

Tras admitir a trámite la queja, nos dirigimos al Ayuntamiento de Tocina, del que conocimos, durante la tramitación del mismo, las actuaciones llevadas a cabo en relación con estos hechos: se impuso al responsable una sanción de 300 euros por infracción de la Ordenanza Municipal Reguladora de la Convivencia Ciudadana y Prevención de Actuaciones Antisociales por las molestias ocasionadas a los vecinos por el canto de los gallos; en agosto de 2013 se le volvió a sancionar por los ruidos emitidos por los gallos y perros; en septiembre de 2014 nuevamente se le sancionó por infracción de la Ley 11/2003, de 24 de noviembre, de Protección de Animales, por mantener gallos en la azotea, que causan molestias a los vecinos. Por último, se decidió remitir las denuncias de noviembre y diciembre de 2014 a la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente de Sevilla, que respondió comunicando la incoación de expediente sancionador por presunta infracción en materia de protección de los animales.

Precisamente para conocer el estado de tramitación del expediente sancionador abierto por la citada Delegación Territorial nos dirigimos a la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural que nos informó que en febrero de 2015 había incoado expediente sancionador por las molestias generadas por los animales. Este expediente tuvo que ser archivado en diciembre, debido a la caducidad del procedimiento. Ello no obstante, finalizaba el informe indicando que, no habiendo prescrito la infracción denunciada, en enero de 2016 se había incoado nuevo expediente sancionador por los mismos hechos, y se había notificado su inicio al denunciado.

Con ello, entendimos que no eran precisas nuevas actuaciones por nuestra parte, al tramitarse el oportuno expediente sancionador como consecuencia de las últimas denuncias presentadas, por lo que dimos por concluidas nuestras actuaciones y dictamos el archivo del expediente de queja.

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