Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 22/8532 dirigida a Universidad de Granada. Rectorado y Viceconsejería de Turismo, Cultura y Deporte
24/07/2023 CIERRE DE LA QUEJA DE OFICIO
La presente queja de oficio (ver apertura) fue incoada tras haber tenido conocimiento esta Institución, a través del Diario de Sesiones del Parlamento de Andalucía, de la demora en la identificación de las víctimas de la guerra civil española y la posguerra, con el consiguiente riesgo de sus parientes directos de morir sin saber su paradero.
Una situación que fue también recogida por los medios de comunicación a raíz de la denuncia de una Entidad Memorialista por la demora de tres años tras la toma de muestras de ADN y de su entrega al laboratorio de la Universidad de Granada, sin que se haya comunicado a los familiares los resultados de la identificación genética de los cuerpos recuperados.
Por ello, en virtud de lo dispuesto en el art. 10.1 de la Ley 9/1983, de 1 de Diciembre, reguladora de esta Institución, se solicitó la colaboración de la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte a los efectos de conocer las actuaciones de coordinación y supervisión del Convenio subscrito, si era conocedor de las demoras denunciadas, y en caso afirmativo medidas adoptadas para subsanarlas. También las cantidades económicas transferidas desde la fecha de suscripción del convenio para contribuir a sufragar parte de los costes totales derivados de las actuaciones objeto del presente convenio y el presupuesto destinado a esta finalidad en el año 2022 y ejecución del mismo, así como presupuesto consignado para 2023.
A la Universidad de Granada se le solicitó informe referido, entre otras cuestiones al número de muestras recibidas y no analizadas así como las fechas de su recepción, los tiempos de respuesta media desde la recepción de las muestras, análisis de las mismas y comunicación de los resultados; las dificultades para realizar las identificaciones en el tiempo recogido en el convenio de referencia, 4 meses; si le constan se ha instado la caducidad del convenio suscrito y las gestiones para la renovación del Convenio y estado de tramitación de las mismas; la incidencia de esta supuesta caducidad en los trabajos de exhumación; presupuesto con el que cuenta la Universidad para acometer sus compromisos y fuentes de financiáción, haciendo mención al año 2022 y su grado de ejecución y al previsto en este ejercicio económico 2023 y las propuestas de mejora para dar respuesta a los compromisos asumidos.
En los informes recibidos de la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte se hace constar que a lo largo de la vigencia del Convenio, la Consejería ha sido la encargada de tramitar y coordinar la recogida de muestras de ADN de familiares y de víctimas exhumadas para su traslado a la Universidad de Granada, se ha llevado a cabo un seguimiento constante de las actuaciones efectuadas, y siendo conscientes de los retrasos en la entrega de resultados fue abordado este tema con la Universidad en las diferentes Comisiones de seguimiento.
Desde el año 2019 la Consejería y la Universidad han trabajado en las posibles soluciones a esta demora en la obtención de los resultados, firmándose en diciembre de 2019 el Convenio suscrito entre ambas partes para la creación de un Banco de Datos de ADN de restos de víctimas de la guerra civil y la posguerra hallados en fosas de la Comunidad Autónoma Andaluza, así como la adquisición de un nuevo software, con tecnología más avanzada, para llevar a cabo los procedimientos de introducción y almacenamiento de los perfiles genéticos derivados de los análisis de los restos que se lleven a cabo y la realización de búsquedas de perfiles de ADN mediante algoritmos de identidad y de familiaridad que se planteen en los distintos casos a comparar.
Si bien la declaración del estado de alarma en nuestro país en el mes de marzo de 2020 y sus restricciones retrasaron la recepción e implementación de este nuevo software, actualmente se encuentra ya en funcionamiento y se han reducido considerablemente los plazos de obtención de los resultados.
Las cantidades económicas transferidas desde la fecha de suscripción del convenio suscrito en el año 2018 para la identificaciones genéticas, han sido las siguientes: 180.000 euros en el año 2018, 363.000 euros en el año 2019, 302.000 euros en el año 2020, 242.000 euros en el año 2021 y 320.000 euros en el año 2022.
Y por lo que respecta al convenio firmado en el año 2019 para la creación y mantenimiento de un Banco de Datos de ADN de víctimas: 100.000 euros para la adquisición del software gestión base de datos genéticas y el equipamiento informático necesario para el uso del mismo en los años 2019, 2020, 2021 y 2022, cada año la cantidad de 58.000,00 euros para mantenimiento del Banco de Datos.
En el año 2023 se ha iniciado la tramitación de un nuevo convenio con la misma finalidad que el suscrito en el año 2018. La partida presupuestaria con cargo a la que se pagarán los costes derivados de los trabajos objeto del convenio (1800010000G/311/609.05/00) está dotada para el año 2023 con un importe total de 308.000 euros, si bien la parte de dicha cuantía que se destine a los trabajos de identificación genética está aún por determinar, ya que con la misma partida se sufragan también los costes de mantenimiento del Banco de Datos de ADN.
En cuanto a la caducidad del convenio suscrito en el año 2018, éste no ha caducado, si bien al expirar la vigencia del mismo el día 11 de septiembre de 2022, con fecha 9 de septiembre de 2022 se firmó una adenda de prórroga que extendía la vigencia del convenio por un período de un año, es decir, hasta el 11 de septiembre de 2023.
Por último, se comunica que además de las Comisiones de Seguimiento celebradas anualmente, desde el servicio del Comisionado para la Concordia, se han mantenido numerosas comunicaciones con familiares de víctimas, asociaciones de recuperación de la memoria democrática y ayuntamientos que han solicitado información acerca del estado de los trabajos de identificación genética de los restos exhumados de las diferentes fosas existentes en el territorio andaluz.
En particular, en relación con los 23 cuerpos exhumados de las fosas de los cementerios de La Salud y San Rafael de Córdoba, desde el año 2019 se han recogido muestras de ADN a todos los familiares de las víctimas que se encuentran en las citadas fosas para compararlo con el ADN extraído de los 23 cuerpos exhumados. De los trabajos de identificación genética llevados a cabo hasta ahora no se ha obtenido ningún resultado positivo.
No obstante, al no estar aún ni exhumados ni analizados genéticamente todos lo restos que se hallan en la fosa, estos resultados de identificación genética son provisionales y no concluyentes, circunstancia que se ha comunicado a cualquier familiar, asociación o ayuntamiento que se han puesto en contacto con este Servicio del Comisionado para la Concordia para interesarse por estos trabajos.
Por su parte, desde la Universidad de Granada se nos informa de que el número total de muestras recibidas a fecha de 23/02/2023 es de 2.437 restos óseos y de 1.969 muestras de familiares de referencia, de los que se han analizado 1.144 restos óseos (restan 1.293) y 1.800 muestras de familiares de referencia (restan 169).
Siendo el tiempo contemplado en el Convenio para realizar las identificaciones de 4 meses, con un presupuesto medio de unos 300.000 euros/año, equivale a la posibilidad de analizar anualmente 300 muestras óseas y 300 familiares de referencia.
La irrupción de la pandemia paralizó la actividad en el laboratorio durante más de 4 meses, y cuando se reinició la actividad se hizo al 50% de capacidad por la limitación de personas en locales de trabajo, y porque parte del equipo de extracción de ADN fue cedido al Hospital Virgen de la Macarena de Sevilla.
Como propuestas de mejora para dar respuesta a los compromisos asumidos, se han ejecutado ya, a lo largo de este período, las siguientes actuaciones:
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Solicitud y captación de una subvención por un total de 562.051,64 euros para la adquisición de nuevos equipos o aparatos de análisis de ADN de la máxima capacidad.
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Adecuación y ampliación de espacios para un laboratorio más grande y con mayores capacidades, acorde a los nuevos equipamientos.
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Contratación de nuevo personal científico y técnico con cargo al proyecto, hasta tener un total de 5 Personas en este momento.
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Adquisición M-FISys por un valor de 100.000 euros, que fue adquirido por la Junta de Andalucía.
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Software de gestión laboratorio (LIMS) por un valor de 95.000 euros aproximadamente.
Por último, el laboratorio posee en este momento la capacidad para analizar unas 1.200 muestras de restos óseos anualmente, capacidad anual que podría aumentarse a 2.400 muestras de restos óseos anualmente si se dotan con los recursos apropiados, así como la capacidad de analizar además unas 4.000 muestras de referencia de familiares.
Tras un detenido estudio de dicha información, se deduce que la pretensión objeto del presente expediente se encuentra en vías de solución, por lo que con esta fecha procedemos a dar por concluidas nuestras actuaciones, sin perjuicio de un posterior seguimiento de las medidas anunciadas.
11/01/2023 APERTURA DE LA QUEJA DE OFICIO
Los procesos de Memoria Democrática son un componente esencial en la configuración y desarrollo de todas las sociedades humanas, y afectan desde los gestos más cotidianos hasta las grandes políticas de Estado.
Es responsabilidad de los poderes públicos el desarrollo de políticas de Memoria Democrática que fomenten su vertiente reparadora, inclusiva y plural.
Tal y como se recoge en la Exposición de Motivos de la Ley 20/2022 de Memoria Democrática de 19 de octubre, preservar y mantener la memoria de las víctimas de la Guerra y la dictadura franquista, a través del conocimiento de la verdad, constituye un derecho a proteger.
En el mismo texto se hace referencia a los informes de 2014 como consecuencia de las visitas impulsadas por las Naciones Unidas del Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas e Involuntarias y del Relator especial para la verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición, Pablo de Greiff.
“En sus observaciones y recomendaciones a España coinciden en señalar la necesidad de asumir las obligaciones internacionales mediante un claro liderazgo y compromiso en la búsqueda de personas desaparecidas durante la Guerra y la Dictadura, como obligación de una política de Estado integral, coherente, permanente, cooperativa y colaborativa”.
Es necesario por tanto unas políticas públicas que den respuesta a la llamada «generación de los nietos» que quiere conocer lo que pasó con sus antepasados antes de que fallezcan quienes fueron descendientes directos de las víctimas de la guerra civil y más tarde del franquismo.
En la Comunidad Autónoma de Andalucía la Ley 2/2017, de 28 de marzo de Memoria Histórica y Democrática de Andalucía en su artículo 1 recoge que “El objeto de esta ley es la regulación de las políticas públicas para la recuperación de la Memoria Democrática de Andalucía, al amparo de lo dispuesto en el artículo 10.3.24.º del Estatuto de Autonomía para Andalucía, (….) con la finalidad de garantizar el derecho de la ciudadanía andaluza a conocer la verdad de los hechos acaecidos, así como la protección, conservación y difusión de la Memoria Democrática como legado cultural de Andalucía, en el período que abarca la Segunda República, la Guerra Civil, la Dictadura franquista y la transición a la democracia hasta la entrada en vigor del primer Estatuto de Autonomía para Andalucía”.
Un derecho que se invoca en esta Ley de forma reiterada y que se entiende como un valor en la medida en que se refiere en su exposición de motivos a la "cultura de la verdad".
En el artículo 5.1 se prevé que “La Administración de la Junta de Andalucía adoptará las medidas y actuaciones necesarias para la localización, exhumación e identificación de todas las víctimas a que se refiere el artículo 4.b)”.
Unas actuaciones de las administraciones públicas que entroncan con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la Agenda 2030. El ODS 16: orientado a promover sociedades pacíficas e inclusivas para el desarrollo sostenible, facilitar el acceso a la justicia para todos y crear instituciones eficaces, responsables e inclusivas a todos los niveles., siendo necesario generar alianzas entre todas las administraciones implicadas para su consecución (ODS 17).
La localización, exhumación e identificación de las víctimas se incoa de oficio por la Junta de Andalucía, como a instancia de familiares, entidades memorialistas y ayuntamientos. En este sentido la Orden de 7 de Septiembre de 2009, por la que se aprueba el Protocolo Andaluz de actuación en exhumaciones de víctimas de la Guerra Civil y la Posguerra (BOJA núm. 190, de 28/09/2009), tiene como objeto regular el procedimiento de exhumación y el Protocolo al que deberán sujetarse las exhumaciones realizadas en el marco del Decreto 334/2003, de 2 de diciembre, para la coordinación de actuaciones en torno a la recuperación de la Memoria Histórica y el reconocimiento institucional y social de las personas desaparecidas durante la Guerra Civil Española y la Posguerra.
Al amparo de la Ley 2/2017, de 28 de marzo, de Memoria Histórica y Democrática de Andalucía, con fecha 11 de septiembre de 2018 se firmó el Convenio específico entre la entonces denominada Consejería de la Presidencia, Administración Local y Memoria Democrática, la Consejería de Salud, la Universidad de Granada y el Servicio Andaluz de Salud, para la recuperación e identificación de las víctimas de la guerra civil española y la posguerra, estableciendo dicho convenio además del objeto de los procesos de identificación, el análisis genético de los restos de las víctimas localizadas.
El protocolo de actuación suscrito establece la entrega y recepción de las muestras, la recogida de muestras biológicas de familiares y entrega para almacenamiento y custodia de las mismas, y el procedimiento analítico de las muestras de familiares y de los restos de las víctimas. Este procedimiento analítico será realizado por la Universidad de Granada en el tiempo máximo de cuatro meses a partir de la fecha de entrega de las muestras a la Universidad.
Para la consecución de estos objetivos, las partes asumen sus respectivos compromisos, que por parte de la Universidad de Granada, a través de su Departamento de Medicina Legal, Toxicología y Antropología Física de la Facultad de Medicina, es el desarrollo del procedimiento analítico de las muestras de familiares y restos de las víctimas, y por la entonces denominada Consejería de la Presidencia, Administración Local y Memoria Democrática, a través de la Dirección General de Memoria Democrática, la coordinación de los trabajos de desarrollo del presente convenio, la supervisión del mismo y a mantener cuantas reuniones sean necesarias con familiares e instituciones.
La Institución del Defensor del Pueblo Andaluz ha tenido conocimiento a través del Diario de Sesiones del Parlamento de Andalucía de la demora en la identificación de las víctimas, con el consiguiente riesgo de sus parientes directos de morir sin saber su paradero, como es el caso de Teresa que cedió su ADN con 88 años y con 91 sigue esperando.
Una situación que fue también recogida por los medios de comunicación poniendo de manifiesto la denuncia de una Entidad Memorialista por la demora de tres años tras la toma de muestras de ADN y de su entrega al laboratorio de la Universidad de Granada, sin que se haya comunicado a los familiares los resultados de la identificación genética de los cuerpos recuperados, retraso que está provocando que muchos familiares hayan fallecido sin haber tenido noticias.
En el concreto caso denunciado, referido al cementerio de la Salud de Córdoba, con fecha 8 de marzo de 2019 el equipo técnico a cargo de la intervención arqueológica en el cuadro de San Ramón entregó a la Universidad de Granada las muestras genéticas de 23 víctimas exhumadas y de 180 familiares, sin que a la fecha de la publicación, los familiares hayan recibido información alguna. Una situación que al parecer se está reproduciendo en otros municipios,
En el pasado mes de diciembre se tuvo conocimiento de la caducidad del Convenio suscrito y de la incidencia de esta situación en los trabajos de exhumación, solicitando las Entidades Memorialistas a la Junta de Andalucía la renovación del mismo.
Es por ello que, a tenor de los compromisos asumidos en el Protocolo Andaluz de actuación en exhumaciones de víctimas de la Guerra Civil y la Posguerra y la demora denunciada por la Entidad Memorialista, así como por otras fuentes de información, en virtud de lo dispuesto en el art. 10.1 de la Ley 9/1983, de 1 de Diciembre, reguladora de esta Institución, se entiende oportuno que esta Institución del Defensor del Pueblo Andaluz tome mayor conocimiento de los hechos, en relación a los compromisos asumidos en el Convenio de referencia.
En virtud de lo dispuesto en el art. 10.1 de la Ley 9/1983, de 1 de Diciembre, reguladora de esta Institución, se solicita la colaboración de los organismos firmantes del Convenio específico (Consejería de Cultura y Patrimonio y Universidad de Granada) para que emitan informes relacionados con la realización de las pruebas genéticas que requieren los restos exhumados de las víctimas, para su identificación y de los análisis biológicos de los posibles familiares de las mismas. En base a ello se solicita informe,
A la Consejería de Cultura y Patrimonio:
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Las actuaciones de coordinación y supervisión del Convenio subscrito.
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Si es conocedor de las demoras denunciadas, y en caso afirmativo medidas adoptadas para subsanarlas.
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Cantidades económicas transferidas desde la fecha de suscripción del convenio para contribuir a sufragar parte de los costes totales derivados de las actuaciones objeto del presente convenio.
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Presupuesto destinado a esta finalidad en el año 2022 y ejecución del mismo, así como presupuesto consignado para 2023.
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Si se ha instado la caducidad del convenio referido, así como las actuaciones realizadas para la renovación del mismo y estado de tramitación actual.
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Reuniones y/o comunicaciones mantenidas al respecto con familiares e Instituciones.
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Cualquier otra información al respecto que considere debamos conocer.
A la Universidad de Granada Departamento de Medicina Legal, Toxicología y Antropología Física de la Facultad de Medicina):
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Número de muestras recibidas y no analizadas así como las fechas de su recepción.
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Los tiempos de respuesta media desde la recepción de las muestras, análisis de las mismas y comunicación de los resultados.
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Las dificultades para realizar las identificaciones en el tiempo recogido en el convenio de referencia, 4 meses.
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Si le constan se ha instado la caducidad del convenio suscrito y las gestiones para la renovación del Convenio y estado de tramitación de las mismas.
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La incidencia de esta supuesta caducidad en los trabajos de exhumación.
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Presupuesto con el que cuenta la Universidad para acometer sus compromisos y fuentes de financiáción, haciendo mención al año 2022 y su grado de ejecución y al previsto en este ejercicio económico 2023.
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Propuestas de mejora para dar respuesta a los compromisos asumido.
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Cualquier otra información al respecto que considere debamos conocer
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