La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

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Nos informan de las medidas adoptadas ante una posible explotación de los acuíferos "Canutos de los Arcornocales"

Queja número 15/0078

El Defensor del Pueblo Andaluz abrió este asunto general cuando conoció, a través de los medios de comunicación, que, al parecer, el municipio gaditano de Algeciras y algunos otros núcleos de población cercanos a éste están utilizando, para su destino al consumo, agua procedente de los denominados “canutos de los Alcornocales”. En algunos supuestos, las captaciones tienen su origen, al parecer, en concesiones otorgadas, en su día, legalmente pero otras, procederían de captaciones de origen presuntamente ilegal.

Según estas noticias, una asociación ecologista había denunciado que tales captaciones causan “un daño ambiental irreversible sobre un ecosistema que data del periodo terciario, de la última glaciación, y que depende del agua para sobrevivir. Al no respetarse los caudales ecológicos lo que peligra es la existencia de todo el bosque de niebla, que mantiene una humedad cálida permanente gracias a la cual sobreviven especies vegetales del periodo terciario que dan lugar a una laurisilva en su parte meridional, formada por rododendros, alisos, laurel, fresno, avellanillo, acebo, rusco y varios tipos de helecho, algunos de ellos de enorme interés botánico como el Psilotum nudum, una auténtica joya botánica, única en nuestro hemisferio, que destaca entre los helechos”.

Según tales noticias “el de Algeciras no es el único ayuntamiento que bebe directamente de los canutos, aunque disponen de nada menos que de tres embalses de los que abastecerse. Otros municipios del campo de Gibraltar tienen captaciones, legales e ilegales, que están secando el bosque de niebla gaditano. Sólo en casos muy contados -un par de pedanías sin acceso a la red de alta- es en lo que estarían justificadas estas captaciones, pero habría que hacerlo regulando los caudales ecológicos, que garantizan la cantidad de agua que necesita el ecosistema para sobrevivir «y no captando agua sin ningún tipo de regulación ni control», explican desde Verdemar-Ecologistas en Acción”.

Para esta Institución, lógicamente es preciso partir de que el desarrollo tiene que ser necesariamente sostenible en términos ambientales tal y como exigen no sólo el art. 45 de la Constitución sino, también, diversos preceptos del Estatuto de Andalucía y la legislación sectorial.

En este sentido y siendo evidente que el consumo de agua potable de la población es un objetivo prioritario e irrenunciable, constituyendo un servicio mínimo obligatorio que deben prestar los municipios, también lo es que si su suministro puede tener origen en aguas cuya captación no cause un daño al medio ambiente, se debe utilizar esta opción en lugar de extraer agua directamente de espacios de alto valor ecológico.

Por ello, nos dirigimos, con carácter previo a cualquier actuación que fuéramos a realizar en forma de queja, a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio para conocer los datos que tuviera sobre tales captaciones y si las mismas, a juicio de la Consejería, podrían estar causando un daño ambiental de entidad en esta zona, tal y como daban a entender las noticias que indicamos.

En la respuesta que nos remitió la Viceconsejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, en la que nos daba traslado del informe emitido por la Delegación Territorial en Cádiz, se detallaban las incidencias ambientales de las captaciones de agua referidas e informaba de las medidas tomadas por la Delegación Territorial, entre las que se incluyen la tramitación del expediente de extinción de la concesión que el Ayuntamiento de Algeciras tiene en la Garganta del Capitán y la apertura de Diligencias Informativas para captaciones sin título del Ayuntamiento de Algeciras en el interior del Parque Natural Los Alcornocales, que han dado lugar a un expediente gubernativo de la Fiscalía General del Estado.

Por su parte, del informe de la Delegación Territorial resultaba de verdadero interés el hecho de que "el espacio objeto de las captaciones se ubica dentro de la Zona de Especial Protección (ZEC) y Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA)" y que la zona en cuestión "está zonificada como zona de reserva (Zona A), por sus elevados valores ambientales", pues no en vano en ella nacen los ríos Guadalmesí y La Miel. Asimismo, resulta de interés la circunstancia de que, tras visitas de inspección a la zona, en julio de 2013 se concluyera que "se aprecian afecciones importantes para asegurar un correcto funcionamiento de los ecosistemas de ribera asociados al arroyo de Botafuegos (garganta del Capitán y arroyo de la Fuensanta)".

Del mismo modo, es suficientemente contundente la afirmación del meritado informe por la que "los cauces en los que se llevan a cabo las captaciones de agua para el abastecimiento de la ciudad de Algeciras contemplan diversos hábitats de interés comunitario, entre los que destaca el 92BO, formaciones ripícolas de ríos mediterráneos de caudal intermitente, con Rhododendron ponticum, salix y otros, hábitat exclusivo en el contexto andaluz y de la península ibérica, formación endémica de laurisilva que es considerada relicta del terciario y de gran interés biogeográfico".

Igualmente, llama poderosamente la atención que, en el informe de julio de 2013, se dijera con absoluta claridad que "El caudal ecológico circundante en el momento de la toma de datos (correspondiente con la época de mayor caudal en el periodo hidrológico del área de estudio) es de un 17%. Según datos de García de Jalón D. Et al (1993), estos datos son del todo insuficientes para mantener vida piscícola en condiciones naturales", de tal forma que "los datos obtenidos denotan una pérdida de heterogeneidad en el hábitat aguas abajo, que se atribuye a la pérdida de hábitat útil por las especies fluviales consecuencia de la ausencia generalizada de caudal".

En definitiva, según la Delegación Territorial en Cádiz de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio "del análisis de los datos obtenidos se concluye que las captaciones de agua que se desarrollan en la Garganta del Capitán y el río de la Miel, así como las propias infraestructuras existentes, generan importantes afecciones ambientales sobre las especies presentes, algunas de ellas catalogadas y con planes de recuperación en vigor, con alto riesgo de extinción locales". Hasta el punto que "las captaciones suponen una clara incidencia sobre las especies de mayor demanda hídrica presentes en la zona".

Por todo lo expuesto, que evidencia la gravedad del daño que puede estar ocasionándose a esta zona de especial valor medioambiental, consideramos que estaba justificada la decisión de incoar expediente de extinción de la concesión que el Ayuntamiento de Algeciras tiene en la Garganta del Capitán, que esperábamos –como se lo traslados a la citada Viceconsejería en el momento de comunicarle que dábamos por concluidas nuestras actuaciones- que, una vez se dieran las circunstancias, se tramitara, con la máxima diligencia y celeridad posible, con objeto de no prolongar más en el tiempo una situación de posible daño ecológico, sobre todo porque, como informaba la Delegación Territorial, la ciudad de Algeciras -salvo la barriada de Pelayo- está conectada a los embalses de Guadarranque y Charo Redondo, además de la doble tubería de abastecimiento que se está construyendo desde la Estación de Tratamiento de Agua Potable de Los Barrios, de forma que estaría garantizado el abastecimiento con recursos regulados de los mencionados embalses.

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