Queja número 25/0549
La Defensoría de la Infancia y la Adolescencia de Andalucía, y Defensor del Pueblo Andaluz, tramita la presente queja relativa a los procesos de atención al alumnado con necesidades educativas y refuerzo de apoyo de profesionales especializados en el centro educativo de referencia.
En su día nos dirigimos ante la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional en Málaga trasladando dicha problemática y hemos recibido una amplia y argumentada comunicación sobre el tema.
“PRIMERO. La distribución de recursos de difícil generalización se realiza atendiendo a lo establecido en el marco normativo de referencia en materia de atención a la diversidad y, concretamente en el marco de nuestra comunidad Autónoma, en lo indicado en el Decreto 147/2002, de 14 de mayo, por el que se establece la ordenación de la atención educativa a los alumnos y alumnas con necesidades educativas especiales asociadas a sus capacidades personales, así como en la normativa que lo desarrolla, en el Capítulo V de la Orden de 20 de agosto de 2010, por la que se regula la organización y el funcionamiento de las escuelas infantiles de segundo ciclo, de los colegios de educación primaria, de los colegios de educación infantil y primaria y de los centros públicos específicos de educación especial, así como el horario de los centros, del alumnado y del profesorado y en las Instrucciones de 8 de marzo de 2017, de la Dirección General de Participación y Equidad, por las que se actualiza el protocolo de detección, identificación del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo y organización de la respuesta educativa.
SEGUNDO. Consultado en el mapa de recursos (INTER), los recursos personales asignados para la atención del alumnado de Necesidades Educativas Especiales del CEIP, para el curso 2023/24 y 2024/25 son los siguientes:
-
ALUMNADO NEE
ALUMNADO AL
ALUMNADO PT
PTIS
AL
PT
2023/2024
43
51
47
1 a 30 h.
1 a 25 h.
2 días
compartido
4 días
compartido
2024/2025
40
46
43
1 a 30 h.
1 a 25 h.
2 días
compartido
2 días
compartido
Como puede observarse, en el curso actual se ha producido un descenso de alumnado con necesidad de atención de profesionales de AL y PT y paralelamente se han incrementado el alumnado que necesitaba atención de PT en otro CEIP, haciendo necesario incrementar el número de días de atención a aquéllos.
TERCERO. Desde la Delegación Territorial de Málaga se ha realizado un estudio pormenorizado y minucioso de los censos de los centros de la provincia, tomando en consideración las especificidades de cada alumno, que han ido variando significativamente a lo largo de los años, así como del número de profesionales PT y AL asignados a los centros educativos por cada zona del equipo de orientación educativa (EOE). Una vez obtenidos estos datos, se ha procedido a realizar un cálculo medio de ratio Alumno/Profesor por zonas EOE y por centro, para posteriormente realizar el reparto de los recursos entre los centros educativos, teniendo como referencia la zona EOE de cada uno de ellos, de manera que la atención del maestro/a de Pedagogía Terapéutica y del maestro/a de Audición y Lenguaje PT o AL sea equilibrada, asegurando la igualdad de oportunidades y equidad para todo el alumnado con necesidades educativas especiales.
Este estudio más pormenorizado de los censos es lo que ha conllevado los cambios en los repartos de los recursos humanos, respondiendo además a las casuísticas que podemos encontrar en cada uno de ellos y de las cuales podemos destacar:
- Centros que en cursos pasados compartían el PT o AL de su plantilla con otros centros y, a día de hoy, su censo es tan elevado que ya no es posible compartir ese recurso.
- Centros donde el censo es bajo y el profesional está a tiempo completo, siendo necesario que este profesional complete la atención educativa en otro centro escolar que lo precise.
- Centros que no tienen a ningún profesional asignado en su plantilla y por tanto se hace preciso dotarlo de un recurso compartido para atender al alumnado que tenga censado.
- Centros con profesionales con reducciones de jornada que imposibilitan la opción de que ese profesional pueda ser un recurso compartido.
La distribución de los recursos siempre debe contemplar la generalidad de los mismos en la zona, a fin de evitar desigualdades en la atención del alumnado de NEE.
La redistribución de recursos que se ha realizado en la zona del EOE de otro municipio al que pertenece el CEIP, ha supuesto una mejora de recursos de PT en 12 centros educativos y de AL en 10 centros educativos.
CUARTO. En Andalucía no contamos con una legislación que defina una ratio alumnado NEE /profesional, pero queremos resaltar que la dotación de recursos destinados al alumnado con Necesidades Específicas de Apoyo Educativo (NEAE) y de Necesidades Educativas Especiales (NEE), ha crecido en la provincia de Málaga durante los últimos cinco años en 403 profesionales, con 125 maestros especialistas en Pedagogía Terapéutica (PT), 90 de Audición Lenguaje (AL), y 188 PTIS (Personal Técnico de Inserción Social). Este aumento supone un crecimiento del 31,4% respecto a la plantilla existente en dicho año. Por otro lado, si en 2019 el número de alumnos censados era de 32.901, en el presente curso es de 34.971, lo que supone un aumento porcentual del 6,2, crecimiento cinco veces menor al experimentado por los recursos.
QUINTO. La Delegación Territorial de Málaga es consciente de que estos recursos son susceptibles de mejora y se estudia continuamente la planificación de la dotación de recursos humanos y la asignación de los mismos, de manera equilibrada, atendiendo a la disponibilidad presupuestaria y a los dictámenes e informes de los profesionales de los EOE”.
Tras estudiar el informe enviado, hemos de comprobar la reacción adoptada por las autoridades educativas desde la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional en Málaga para abordar las necesidades del centro y de las familias del alumnado afectado.
También observamos que el informe recibido de la Delegación alude a un análisis del refuerzo de los servicios educativos en relación con la dotación de las diferentes categorías profesionales de apoyo a través de la adecuación del servicio según se alude al indicar que “en el curso actual se ha producido un descenso de alumnado con necesidad de atención de profesionales de AL y PT y paralelamente se han incrementado el alumnado que necesitaba atención de PT en el otro CEIP, haciendo necesario incrementar el número de días de atención a aquéllos.”.
Efectivamente, esta definición del servicio avanza en los detalles de reordenación, dado que entendemos que la evaluación del servicio ha establecido la conveniencia de los criterios de ordenación de los horarios y jornadas de AL, PT y PTIS.
Este singular apoyo deriva de los respectivos informes psicopedagógicos de cada alumno o alumna que permite determinar las necesidades de recursos específicos del alumnado de necesidades educativas especiales. Además, en función del dictamen de escolarización, se establece, en ocasiones, la atención en centros específicos de educación especial, o bien en aulas específicas en centros ordinarios o bien la atención del alumnado se realiza dentro de las aulas con apoyos en periodos variables para que el alumnado pueda continuar con su desarrollo evolutivo y formativo y su integración global en la sociedad. Por otra parte, los recursos se distribuyen cada curso escolar, tras el estudio de las necesidades detectadas en todos los centros educativos a través de los Servicios de Ordenación Educativa proponiendo la distribución de estos recursos personales.
Efectivamente, observamos un esfuerzo argumental desde los servicios de la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional en relación con la ordenación de unos servicios profesionales catalogados como “de difícil generación” dada su especialización y coste; lo que no relega la importancia capital de sus prestaciones, que se ven notablemente afectadas cuando se reduce su presencia horaria o de jornada en un centro con una variada presencia de alumnado demandante de estos apoyos singulares, o se deben disponer medidas para compartir estos profesionales entre centros de la zona.
Apreciamos la cuidada asignación de estos recursos limitados es un ejercicio de responsabilidad y de respuesta equitativa desde los responsables educativos; pero el resultado puede suponer una minoración en la atención que aguarda el alumnado que genera, a su vez, la preocupación de familiares y de la comunidad educativa de cada centro afectado. Es una reacción previsible, y hasta motivada, porque no proviene de una situación de solvencia en la disposición de estos recursos que ahora se reducen, sino de unas asignaciones ya de por sí restringidas en función de la limitación de dotaciones profesionales que unánimemente se argumenta desde las autoridades.
En todo caso también queremos acoger la voluntad de permanente revisión y análisis de estos recursos al indicar la Delegación que “es consciente de que estos recursos son susceptibles de mejora y se estudia continuamente la planificación de la dotación de recursos humanos y la asignación de los mismos, de manera equilibrada, atendiendo a la disponibilidad presupuestaria y a los dictámenes e informes de los profesionales de los EOE”.”.
En el marco de esta metodología, confiamos que finalmente, una vez ejecutadas estas medidas y desde su fecha de implantación, los resultados puedan aportar un mantenimiento de los apoyos educativos sin descartar en un futuro una mejora de la situación.
Comprendiendo la preocupación generada en las familias por disponer de los recursos adecuados, valoramos que la situación se está abordando desde unas pautas razonables y, por ello, consideramos que el asunto parece necesitar un plazo de tiempo oportuno para evaluar el resultado que se logre con organización del servicio de apoyo en el centro público.
Y así, procedemos a concluir nuestra intervención quedando dispuestos a realizar todas las actuaciones de seguimiento que resulten oportunas.
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