La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

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Nos dan cuenta del estado de unas obras en carretera denunciadas por una asociación de ciclistas

Queja número 21/2928

Una asociación de ciclistas se dirigió a esta Institución manifestando, textualmente, lo siguiente:

La Asociación "...", presenta la siguiente queja relativa al corte por obras del puente de La Señorita, entre Camas y Sevilla.

Desde el jueves 11 de febrero de 2021 se ha cortado la circulación entre Sevilla y Camas por el Puente de la Señorita.

Dicho corte se debe a las obras para la implantación de un carril BUS-VAO reversible desde la continuación de la Avenida Clara Campoamor (Camas) hasta la Avenida Carlos III (Sevilla), tramo en el que se encuentra el viaducto denominado Puente de la Señorita, promovidas por la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio; según la documentación de la obra el plazo de ejecución es de 6 meses.

A diario se desplazaban entre Sevilla y Camas por el tramo afectado cientos de ciclistas y cientos de peatones. (Según los datos recogidos por la Agencia de Obra Pública de Andalucía de uso del Puente de la Señorita por ciclistas entre junio y diciembre de 2015, la media diaria fue de 839 ciclistas, pero hubo muchas semanas por encima de 7.000 ciclistas por semana, con una distribución media superior al 14% de martes a jueves, lo que quiere decir que muchas semanas, de martes a jueves transitaron por el Puente de la Señorita más de 980 ciclistas, probablemente de forma mayoritaria desplazamientos obligatorios por trabajo, estudios o compras).

Según la documentación de obra y la información de que disponemos, la planificación no contempla la ejecución de la obra en tramos de forma compatible con la circulación de bicicletas y peatones, y no se ha contemplado ningún itinerario alternativo para el desplazamiento de ciclistas y peatones.

Este olvido de los peatones y ciclistas manifiesta:

una falta total de sensibilidad hacia las personas cuando se desplazan de esa forma por parte de los actores implicados, técnicos y responsables de la Consejería;

un análisis incompleto por parte de los técnicos, ya que en la documentación de la obra sólo se habla de la afectación a las líneas de autobuses, y no se hace mención alguna a la afectación a los peatones y ciclistas;

una deficiente supervisión por parte de los responsables de la Consejería al no haberse percatado de dicha circunstancia;

una falta de coordinación entre las diversas áreas de la Consejería, puesto que el citado tramo está dentro del Plan Andaluz de la Bicicleta, y no se ha emitido ningún estudio sobre la afectación de la obra al mismo y a los usuarios del mismo.

..., el Club ..., el Club ..., además de otras asociaciones y otras personas a título individual, hemos formulado quejas a la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, en las que solicitamos que se dividiera la obra de forma longitudinal en dos, de forma que se posibilite la circulación de peatones y ciclistas por la franja longitudinal que no esté en obras en cada momento, o se arbitre otra solución adecuada para permitir el tránsito de peatones y ciclistas durante las obras, y que se convocara una reunión con la señora consejera para abordar tanto la necesidad de planificar las alternativas ciclistas y peatonales en las obras ejecutadas por esta consejería, como para conocer cómo se va a reimpulsar el Plan Andaluz de la Bicicleta y las infraestructuras de transporte ciclista en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Algunas de las asociaciones hemos recibido respuesta a nuestras quejas con fecha 18 de marzo y posteriores. En las respuestas, firmadas por la Jefa de Servicio de Infraestructuras del Transporte, se dice que “entre la cartelería de obra se informa de pasos alternativos para ciclistas y peatones, estas vías alternativas son: Puente de ‘La Corta’ (Acerado SE-30) y Puente de San Juan (Puente de Hierro)”.

Esta cartelería se colocó en las mismas fechas en las que se emitieron las respuestas, puesto que hemos visitado la obra en varias ocasiones y no estaba al inicio de la misma, ha sido colocada en la semana del 18 de marzo.

Dichos “pasos alternativos”, además de no estar señalizados adecuadamente desde el propio puente de la Señorita para que los usuarios puedan seguirlos, suponen rodeos de entre 5 y 6 km. Estas distancias, para una persona en bicicleta que circule a 15 km/h, velocidad no alcanzable por todos, implica un retraso de 20 minutos, y para un peatón que circule a 5 km/h, velocidad tampoco alcanzable por todos, implica un retraso de una hora, algo no admisible para estas personas que se mueven por su propio esfuerzo muscular.

Nos preguntamos si los técnicos y responsables de la Consejería se han planteado estos retrasos, y si lo han hecho, si serían capaces de hacer lo mismo con un desvío de una vía para vehículos de cuatro o más ruedas en el entorno metropolitano: ¿los desviarían ocasionando un retraso de una hora?.

Es evidente que la Consejería trata con distinto criterio a una persona según el medio de desplazamiento que usa, y que trata de forma discriminatoria a las personas cuando se mueven por su propio esfuerzo, de forma sostenible, poniendo en entredicho que realmente tengan interiorizada la “sostenibilidad”, a pesar de que usan a diario esa palabra.

Esta actuación de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, no tenemos noticia de que haya sido cuestionada por los ayuntamientos de Camas y Sevilla, por lo que es evidente que estas administraciones locales tienen la misma sensibilidad y aceptan el mismo criterio discriminatorio de la Consejería hacia las personas cuando se desplazan por su propio esfuerzo, de forma sostenible.

En consecuencia, formulamos la QUEJA correspondiente, dirigida a la administración que ejecuta las obras y a las administraciones locales en cuyos municipios se llevan a cabo, es decir,

Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio

Ayuntamiento de Sevilla

Ayuntamiento de Camas

a fin de que se tengan en cuenta las anteriores consideraciones y se proceda de forma urgente a dividir la obra de longitudinalmente en dos, posibilitando la circulación de peatones y ciclistas por la franja longitudinal que no esté en obras en cada momento.

Esta solución es perfectamente viable, puesto que ancho del carril bus más el carril bici es de 5,90 m, y el tablero del puente tiene un ancho de 8,74 m entre bordillos y de casi 11 m entre las barandillas; y fuera del tablero hay espacio suficiente para habilitar unas rampas provisionales que permitan el acceso al tablero. De este modo queda espacio para hacer el Itinerario alternativo que viene prescrito en el Art. 27.5 del Decreto 293/2009, de 7 de julio, por el que se aprueba el reglamento que regula las normas para la accesibilidad en las infraestructuras, el urbanismo, la edificación y el transporte en Andalucía. Una vez finalizada la obra se podría aprovechar este espacio "sobrante" en el tablero para hacer un paseo peatonal con bancos.”

Admitimos la queja a trámite y solicitamos informe a la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Sevilla, que en su respuesta informaba que las obras que comenzaron el día 11 de febrero, con un plazo de ejecución previsto de 6 meses, finalmente se ejecutaron en tan solo 3 meses, reduciendo por tanto el tiempo de corte de la vía.

Durante la ejecución de las obras, no se había permitido el paso a ningún viandante/ciclista, estando esto debidamente señalizado de acuerdo con la normativa vigente en ambos lados de la vía. (Instrucción 8.3 señalización en obras).

Respecto las deficiencias observadas:

- En relación a los elementos de seguridad dispuestos para evitar la invasión de coches en el carril bici, indicaban que elementos de similares características estaban dispuestos con anterioridad a la ejecución de la obra, por lo que no se habían introducido nuevos elementos que modificaran las condiciones de acceso o seguridad en las vías, dado que estos existían con anterioridad a las obras. La entrada de vehículos continuaba siendo una situación que generaba una mayor problemática de seguridad vial que la expresada en el escrito de la asociación reclamante.

- Las actuaciones llevadas a cabo en la zona de actuación eran actuaciones de rehabilitación, motivo por el cual se había mantenido los itinerarios de tráfico existentes con anterioridad a la obra, no habilitando nuevos itinerarios, ya fueran de peatones u otros vehículos que no existieran previamente Por otro lado, indicaban que el ámbito de actuación del proyecto, en lo que al carril bici se refería se ceñía al carril bici ya existente en el municipio de Sevilla, no pudiendo modificar ni extender la longitud del mismo, dado que esta actuación excedería del ámbito competencial de la Consejería.

- En relación a la posibilidad de iluminar la actuación, se indicaba que anteriormente a la actuación ejecutada la zona no disponía de iluminación, excediéndose en todo caso de la actuación de rehabilitación, incorporar la iluminación, lo cual por otro lado no tendría mucho sentido al no disponer de ella ni el tramo anterior ni el posterior al puente.

Con esta información, entendiendo que el asunto planteado se encontraba en vías de solución, dimos por concluidas nuestras actuaciones.

¿Te preocupa algo o tienes alguna duda?

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