La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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El Defensor del Pueblo andaluz eleva al Parlamento propuestas de mejora para la aplicación de la ley de Muerte digna

El Defensor propone a los grupos parlamentarios un debate sobre la eutanasia o el suicidio asistido

La institución dirigida por Jesús Maeztu celebrará el jueves 12 en Córdoba una jornada técnica

El Defensor del Pueblo andaluz, Jesús Maeztu, ha elevado hoy al Parlamento propuestas de mejora para la aplicación de la ley andaluza 2/2010, de 8 de abril, de derechos y garantías de la dignidad de la persona en el proceso de muerte, conocida como Ley de Muerte Digna, una norma que en su opinión fue referente de toda la legislación posterior que se ha ido aprobando por otras Comunidades Autónomas, así como del proyecto de ley nacional que actualmente se debate en el Congreso de los Diputados.

En la presentación del informe especial de la institución titulado 'Morir en Andalucía. Dignidad y Derechos' ante la Comisión de Salud del Parlamento andaluz, Jesús Maeztu ha avanzado que el Informe tiene como objetivo analizar en qué medida se garantiza en Andalucía el derecho de las personas a morir dignamente, desde una perspectiva eminentemente jurídica y desde el prisma de la tutela de derechos.

De esta manera, el Defensor del Pueblo andaluz ha subrayado como conclusión que, en general, los derechos y garantías que se establecen en la ley se respetan y cumplen en Andalucía, aunque ha advertido “la existencia de determinadas carencias, insuficiencias e inequidades que nos impiden poder afirmar que dichos derechos están plenamente garantizados y se respeten por igual en todo el territorio andaluz y en relación a todas las personas en proceso de muerte”. “Actualmente el sistema no llega a todos aquellos que lo necesitan, lo que provoca que muchos pacientes que serían tributarios de cuidados paliativos fallezcan sin llegar a recibirlos”, ha anotado.

Este comisionado parlamentario ha mostrado su preocupación por la “evidente falta de equidad que existe actualmente en relación al despliegue de medios y recursos que conforman el sistema de cuidados paliativos de Andalucía”, en concreto, por la distribución territorial de los mismos y el perjuicio causado a las personas que residen en zonas rurales, “cuyas posibilidades de acceso a los recursos avanzados de cuidados paliativos es mucho más limitada que las de las personas que residen en núcleos urbanos, llegando incluso a ver cuestionado su derecho a optar por el domicilio como lugar donde recibir la asistencia y vivir la etapa final”.

Asimismo, el Defensor del Pueblo andaluz y Defensor del Menor de Andalucía ha añadido que la atención paliativa de las personas menores de edad constituye uno de los aspectos más deficitarios del sistema, por su falta de respuesta específica a las connotaciones especiales que presenta este colectivo. “Nos preocupa que no esté resuelta la atención del paciente pediátrico en el domicilio, lo que determina que un porcentaje muy elevado de niños y adolescentes estén falleciendo en los hospitales en contra de sus deseos y el de sus familias”.

Otras cuestiones apuntadas por el Defensor del Pueblo andaluz han sido la actualización del Plan Andaluz de Cuidados Paliativos; la reclamación para que se incorporen psicólogos, trabajadores sociales y fisioterapeutas previstos en este plan; la situación de los pacientes no oncológicos, que siguen siendo la asignatura pendiente en cuanto al pleno disfrute de los derechos que reconoce la ley o el derecho de los pacientes en situación terminal a ser alojados en habitaciones individuales, entre otras cuestiones.

El Defensor del Pueblo andaluz ha aprovechado para resaltar el trabajo de los profesionales integrados en los recursos avanzados de cuidados paliativos y se ha pronunciado sobre el debate social existente en torno a la posible legalización de la eutanasia y el suicidio asistido. El Defensor ha propuesto la adopción por parte del Parlamento andaluz de una Resolución adoptada por los grupos políticos con representación parlamentaria, tras un proceso de debate participativo en el que se fomente y promueva la intervención activa de la ciudadanía mediante una campaña informativa y la puesta en funcionamiento de herramientas que posibiliten la presentación de propuestas y la formulación de iniciativas por parte de personas o colectivos.

“Hemos vivido durante siglos tratando de ignorar a la muerte y ahora nos vemos en la necesidad de tener que convivir con ella y sentir su presencia como una parte más de nuestra cotidianidad social y familiar. Quizás ha llegado el momento de dedicar un poco más de atención a ese periodo ineludible de nuestro proceso vital y de reflexionar sobre las condiciones en que el mismo se desarrolla. Este Informe no pretende otra cosa que impulsar esa reflexión, propiciar un debate social y favorecer la adopción de medidas que garanticen realmente el derecho de las personas a la dignidad en el proceso de muerte”, ha concluido el Defensor del Pueblo andaluz.

La institución celebrará el próximo jueves 12, en la ciudad de Córdoba, una jornada profesional con la que pretende impulsar esa reflexión, propiciar un debate social y favorecer la adopción de medidas que garanticen realmente el derecho de las personas a la dignidad en el proceso de muerte. Participarán profesionales de equipos de cuidados paliativos y otros sanitarios, gestores de salud, asociaciones de juristas y de familiares, y profesores universitarios, entre otros.

La próxima semana presentamos en Comisión parlamentaria el Informe Especial "Morir en Andalucía. Dignidad y Derechos".

El presente Informe pretende analizar el cumplimiento del conjunto de derechos y garantías que se establecen en la Ley 2/2010, de 8 de abril, de derechos y garantías de la dignidad de la persona en el proceso de muerte, en el ámbito del Sistema Sanitario Público de Andalucía. En particular, por lo que se refiere a los derechos a la información y al consentimiento informado; el rechazo del tratamiento y la retirada de una intervención; la realización de la declaración de voluntad vital anticipada; la recepción de cuidados paliativos integrales y la elección del domicilio para recibirlos; el tratamiento del dolor; la administración de sedación paliativa; el acompañamiento y la salvaguarda de la intimidad y confidencialidad.

La cita en el Parlamento andaluz será este jueves, 5 de abril. Tras ello, trasladamos el debate a la ciudadanía, con una jornada en Cordoba el próximo 12 de abril. 

    Actuación de oficio del Defensor del Pueblo Andaluz formulada en el expediente 18/0927 dirigida a Consejería de Hacienda y Administración Pública, Secretaría General para la Administración Pública

    RESUMEN DEL RESULTADO (CIERRE DE QUEJA DE OFICIO)

    Nos informan sobre los procesos de estabilización de personal temporal de la Administración de la Junta de Andalucia, en el sector Administración.

    06-03-2018 APERTURA DE LA QUEJA DE OFICIO

    La Ley 3/2017, de 27 de junio,de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, contempla un proceso de estabilización de empleo temporal, articulándolo a través de tres supuestos en los que se permite la convocatoria en turno libre de un número de plazas superior al resultante de la tasa ordinaria de reposición y que, en los tres casos, se refiere a plazas ocupadas por personal con una relación de servicios interina o temporal en alguna de las siguientes circunstancias:

    1. Estabilización de empleo temporal en los sectores mencionados en el apartado Seis del artículo 19 de la Ley, que incluirá hasta el 90 por ciento de las plazas que, estando dotadas presupuestariamente, hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2016

    2. Plazas que, en los términos previstos en la disposición transitoria cuarta del texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, estén dotadas presupuestariamente y, desde una fecha anterior al 1 de enero de 2005, hayan venido estando ocupadas ininterrumpidamente de forma temporal.

    3. Plazas correspondientes al personal declarado indefinido no fijo mediante sentencia judicial.

    En este escenario, el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucia y por Decreto 213/2017, de 26 de diciembre, aprueba la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal en la Administración de la Junta de Andalucía, por considerar -como precisa en su preámbulo- prioritario iniciar las actuaciones que son necesarias para implementar las medidas previstas en la Ley 3/2017, de 27 de junio, con el objetivo de estabilizar el empleo público de carácter estructural existente en la Administración de la Junta de Andalucía.

    La cifra total de las plazas que se ofertarán en el marco de la estabilización del empleo público asciende a 37.115, incluyendo los sectores de Administración General, Docente y Sanitario, así como también las plazas que corresponden al sector instrumental y al personal de la Administración de Justicia que es competencia de la Junta de Andalucía.

    Y, en concreto, el total de las plazas que se incluyen en el referido Decreto, por el que se aprueba la primera Oferta de Empleo Público extraordinaria, asciende a 25.520 plazas, de las cuales, 902 corresponden al sector de Administración General, 6.000 al sector Docente y 18.618 al sector Sanitario.

    Tras la publicación de dicha Oferta, se ha iniciado el proceso de estabilización del empleo temporal en la Administración andaluza motivado, entre otras circunstancias, por las importantes limitaciones que las leyes generales presupuestarias, desde 2012, introdujeron respecto a la incorporación de personal al ámbito público, y que generó un elevado índice de temporalidad en el sector público andaluz, para evitar el impacto negativo de la reducción progresiva de personal en la prestación de los servicios públicos.

    En este contexto, sin embargo, estas perspectivas de estabilización del empleo temporal pueden verse truncadas si resultan ciertas las observaciones que nos trasladan desde distintas organizaciones sindicales y colectivos de personal afectado, en cuanto que se estarían ofertando para su provisión, con carácter definitivo, plazas que en principio estarían incluidas en los referidos procesos de estabilización.

    En ese sentido, diversas Resoluciones de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, a través de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, están ofertando vacantes al personal aspirante seleccionado en las pruebas selectivas de ingreso, por el sistema de promoción interna, a los cuerpos que están pendientes de ello, en las que se están incluyendo todas las vacantes existentes.

    Es evidente que de seguirse este proceder, en los procesos de consolidación que se incluyen en la Oferta de Empleo Público (OEP) del año 2017 en la Administración de la Junta de Andalucía, los funcionarios interinos que resulten afectados como consecuencia de la cobertura de las plazas ofrecidas a los que hayan superado la promoción interna, se verán en peor situación para competir en los procesos de consolidación.

    Sin perjuicio del respeto a los derechos que corresponden al personal con una relación estable y permanente en la Administración Autonómica, el carácter extraordinario de estos procesos de consolidación y de estabilización hace que deban ser objeto de una especial consideración a la hora de determinar las plazas que se ofrecen a los procesos de selección y provisión de puestos. Así, si todas las plazas ocupadas por interinidad durante más de tres años de forma ininterrumpida a 31 de diciembre de 2016, se considera que estarían afectadas por la mencionada OEP Extraordinaria, cabría plantearse el bloqueo de la totalidad de las plazas que existen en estas condiciones, que estiman las organizaciones sindicales en torno a unas 2.000, evitando ofertarlas a cualquier proceso de acceso y promoción, sin menoscabo de otros derechos que habría que conjugar con respecto a la movilidad del personal ya fijo.

    En este sentido, y ante las circunstancias que concurren, es fundamental que, con carácter previo, se establezcan unos criterios claros para acometer estos procesos, determinando la metodología y procedimiento de las convocatorias a realizar, la determinación de los puestos a convocar y de los ofertados a movilidad del personal ya fijo, para conocer la situación real existente.

    Con objeto de conocer las medidas previstas por la Consejería para hacer posible los anunciados procesos de consolidación, sin menoscabo de los derechos del personal fijo (funcionario de carrera y personal laboral fijo), he decidido iniciar actuación de oficio, ante la Secretaría General para la Administración Pública, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, y solicitado la emisión de informe detallado al respecto, en aplicación de lo establecido en nuestra Ley reguladora.

    En dicho informe esperamos se concreten las medidas a las que hacemos referencia anteriormente y, en su caso, se determine el número de plazas – en los distintos sectores: administración general, sanitaria y docente- a incluir en dichos procesos.

    22-04-2019 CIERRE DE LA QUEJA DE OFICIO

    En la contestación remitida por la Secretaría General para la Administración Pública, con fecha 15 de junio de 2018, se nos informa de que la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal en la Administración de la Junta de Andalucía, se regirá por los criterios generales establecidos en el Decreto 213/2017, de 26 de diciembre, que la aprueba, entre los que destaca: i) el cumplimiento de los principios de libre concurrencia, igualdad, mérito, capacidad y publicidad en las convocatorias; ii) la remisión a los Acuerdos firmados por la Administración del Estado con las organizaciones sindicales mayoritarias de 29 de mayo de 2017 y 9 de marzo de 2018 que establecen la articulación de estos procesos a través de la negociación colectiva en cada Administración pública; iii) la remisión, en el ámbito andaluz, al Acuerdo de la Mesa General de Negociación Común de 12 de diciembre de 2017, que asume los anteriores criterios y establece como criterio común que “la fase de concurso sea como mínimo del 40%, primando en la valoración de dicha fase la experiencia”.

    Tras la recepción del informe de la citada Administración, y la reunión mantenida con la Secretaría General, se procede al cierre del presente expediente de queja tras exponer las siguientes consideraciones:

    La Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para 2017 (LPGE 3/2017) establece un proceso de estabilización de empleo temporal en las Administraciones Públicas, articulándolo a través de tres supuestos en los que se permite la convocatoria en turno libre de un número de plazas superior al resultante de la tasa ordinaria de reposición y que, en los tres casos, se refiere a plazas ocupadas por personal con una relación de servicios interina o temporal en alguna de las siguientes circunstancias: i) haber estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2016; ii) estar dotadas presupuestariamente y, desde una fecha anterior al 1 de enero de 2005, hayan venido estando ocupadas ininterrumpidamente de forma temporal (disposición transitoria cuarta del texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público); iii) plazas correspondientes al personal declarado indefinido no fijo mediante sentencia judicial.

    Posteriormente se aprobó la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018 (LPGE 6/2018), que autoriza una tasa adicional para la estabilización de empleo temporal que incluye las plazas de naturaleza estructural que, estando dotadas presupuestariamente, hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2017 en los siguientes sectores y colectivos: personal de los servicios de administración y servicios generales, de investigación, de salud pública e inspección médica así como otros servicios públicos. Las correspondientes Ofertas deben aprobarse y publicarse oficialmente en los ejercicios 2018 a 2020.

    Estas medidas vienen motivadas por el notable crecimiento de la temporalidad en el empleo público, como consecuencia de las medidas de ajuste presupuestario adoptadas en los años de crisis económica, y que tienen por finalidad la reducción del personal temporal en las Administraciones Públicas hasta un objetivo dirigido a que, al final del proceso, la temporalidad no supere el 8% del total del efectivos en cada uno de los colectivos y ámbitos en los que la LPGE 3/2017 prevé que se aplique el proceso de estabilización.

    En cumplimiento de estas medidas, como bien conoce, con fecha 11 de marzo del presente año, se publicó, en el BOJA núm. 47, el Decreto 406/2019, de 5 de marzo, por el que se aprueba la segunda Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal en la Administración de la Junta de Andalucía, que contempla 7.192 plazas para el ejercicio de 2019, de las que 2.692 pertenecen a la Administración General y las restantes, 4.500, al sector docente.

    A las plazas anteriores, tras sumar las incluidas en la primera Oferta de Empleo Público extraordinaria, aprobada por Decreto 213/2017, de 26 de diciembre, que asciende a 25.520 plazas (902 correspondientes al sector de Administración General, 6.000 al sector Docente y 18.618 al sector Sanitario), se alcanza un total de 32.712 plazas, ocupadas por personal temporal que conformarían el proceso de estabilización de la Administración de la Junta de Andalucía.

    Para cumplir con el mandato legal contenido en las mencionadas leyes, a las plazas anteriores habría que contabilizar las pertenecientes al personal laboral propio de las entidades instrumentales de la Administración de la Junta de Andalucía, que cumplan dichos requisitos, así como las plazas del personal de la Administración de Justicia incorporadas a la Administración de la Junta de Andalucía que cumplan los requisitos legales, y que se pondrán a disposición de la Administración del Estado para su inclusión en los correspondientes procesos de estabilización de empleo temporal en ese sector de la actividad pública.

    El carácter extraordinario de estos procesos de consolidación y de estabilización hace que deban ser objeto de una especial consideración a la hora de determinar las plazas que se ofrecen a los procesos de selección y provisión de puestos. Así, de acuerdo con la interpretación que se colige de lo dispuesto en las leyes generales que introducen estos procesos de estabilización, hay que tener en cuenta que ese número total de plazas deberán mantenerse hasta la conclusión de los mismos, sin perjuicio de que algunas de estas vacantes puedan ser incluidas en procesos de provisión ordinaria, en aquellos casos que procedan, a fin de salvaguardar los derechos que corresponden al personal con una relación estable y permanente en la Administración Autonómica.

    Todas estas medidas deben converger al referido objetivo, que se establece en dichos textos legales, de reducción del personal temporal, en esta caso de la Administración de la Junta de Andalucía, de que al final del proceso la temporalidad no supere el 8% del total del efectivos en los colectivos y ámbitos en los que se aplique el proceso de estabilización.

    En todo caso, se trata de medidas que no excluyen el que se siga utilizando para el personal fijo como vía de promoción profesional la promoción interna, la cual no esta sujeta a tasa de reposición.

    Una vez aprobados los Decretos de las ofertas extraordinarias, procede que dentro de los plazos que marca el Estatuto Básico del Empleado Público, se aprueben las diferentes convocatorias, previa negociación en el ámbito sectorial correspondiente, y en las que, como se contempla en los mismos, deberá incluirse el cupo de reserva para ser cubierto con personas con discapacidad, no inferior al 10% del total de las plazas, con porcentajes específicos del 2% en favor de personas con discapacidad intelectual y del 1% en favor de personas con enfermedad mental, para los participantes que acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 33%.

    Asimismo, las convocatorias que se publiquen derivadas de dicha oferta de empleo público, en los casos que proceda, deberán adecuarse a lo establecido por el Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de noviembre de 2018, por el que se aprueban instrucciones para actualizar las convocatorias de pruebas selectivas de personal funcionario, estatutario y laboral, civil y militar, en orden a eliminar ciertas causas médicas de exclusión en el acceso al empleo público.

    En todo caso, la Secretaría General para la Administración Pública, y en su caso, la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Interior, deben garantizar, en línea con lo marcado en las Leyes 3/2017 y 6/2018, de Presupuestos Generales del Estado, que en los correspondientes procesos selectivos de estabilización que se articulen se cumplirán los principios de libre concurrencia, igualdad, mérito, capacidad y publicidad, adecuados a los criterios antes referidos. En este sentido, las convocatorias, que incluirán la correspondiente reserva de plazas para las personas con discapacidad, deben permitir que cualquier aspirante pueda participar en los procesos selectivos con independencia de que se encuentre o no prestando servicios como personal interino en ese momento y sin necesidad de que el puesto que ocupe haya sido ofertado o no en los procesos de estabilización. A este respecto, debe tenerse presente que el objeto de estos procesos es la estabilización de plazas y su cobertura definitiva en el marco legal establecido para ello.

    En dichos procesos selectivos, que se aprobarán siempre previa negociación con las organizaciones sindicales, deberán establecerse unos criterios claros e igualitarios para todos los sectores, sin perjuicio de sus respectivas peculiaridades, y en el marco de los principios constitucionales reguladores del acceso al empleo público. Y se tendrá en cuenta, en la fase de concurso, la valoración como mérito de la experiencia acumulada a lo largo de los años de servicio, dentro de los límites que se han delimitado por la doctrina jurisprudencial, a fin de garantizar la seguridad jurídica y evitar posibles impugnaciones.

    Al número de plazas incluidas en ambas Ofertas de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal, habría que incorporar aquellas que deben ofertarse igualmente en proceso de estabilización para el personal que, por sentencia firme, tiene declarado la condición de indefinido no fijo y que será objeto de una Oferta de Empleo Público independiente de las ya publicadas.

    Como ya se nos indicó en la reunión mantenida con esa Secretaría General se habían contabilizado todas las plazas susceptibles de ser incluidas en estos procesos, dando con ello cumplimiento al mandato legal y a los acuerdos suscritos con las organizaciones sindicales en esta materia. En cualquier caso, sería conveniente determinar en cada plaza afectada por el proceso de estabilización el motivo legal de su inclusión en el mismo.

    A estos efectos, y teniendo en cuenta que estas plazas pueden ofertarse en convocatorias distintas, sería conveniente, asimismo, determinar en cada convocatoria los códigos de las plazas que se incluyen en la misma para su conocimiento previo, en aras de los principios de publicidad y seguridad jurídica, y para evitar posibles situaciones conflictivas cuando se ocupe con carácter definitivo la plaza a la finalización del proceso.

    Además, al igual que en los casos de personal indefinido no fijo es preceptivo informar al trabajador que su plaza va a ser incluida en una convocatoria determinada, sería conveniente que en el resto de plazas ocupadas temporalmente que se incluyan en la convocatoria se informara previamente al empleado público afectado de su ofrecimiento en la misma y de que puede participar, en su caso, en la correspondiente convocatoria.

    En definitiva, con la aprobación de las correspondientes convocatorias y desarrollo de los pertinentes procesos, se daría cumplimiento al pacto alcanzado entre la Consejería de la Presidencia y las organizaciones sindicales dentro del Acuerdo Marco que se fijó en el seno de la Mesa General de Negociación Común del Personal Funcionario, Estatutario y Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía el 13 de julio de 2018, para la mejora de la calidad del empleo público y de las condiciones de trabajo del personal del sector público autonómico, ratificado luego en Consejo de Gobierno el 17 de julio de 2018. Acuerdo con el que, conviene recordar, se daba respuesta a la voluntad de la Mesa General de completar, de forma global y plurianual, el Acuerdo estatal de 9 de marzo de 2018 y mejorarlo, sumando para ello nuevas medidas, así como también aplicar en Andalucía todas aquellas que regula la legislación básica estatal, agotando sus posibilidades máximas.

    En cuanto a la cuestión planteada en varias de las quejas acumuladas a la presente queja de oficio para que se incorpore a estas ofertas de empleo público el procedimiento de concurso como modalidad selectiva que permita la definitiva estabilización del conjunto de funcionarios interinos y el personal eventual estatutario de la Administración de la Junta de Andalucía, y la Iniciativa Legislativa Popular promovida con dicha finalidad, como se ha puesto de manifiesto a las organizaciones y personas interesadas, se trata de un supuesto excepcional que requiere de habilitación legal expresa y que debe sustanciarse en el ámbito del Parlamento de Andalucía, lo que excede a nuestra facultad de supervisión de la Administración autonómica.

    Por todo ello, a la vista del contenido del informe remitido por la citada Administración, de las alegaciones y consideraciones realizadas por las organizaciones sindicales, plataformas de personal interino y particulares que han presentado quejas en relación con este asunto, y del resto de documentación que consta en este expediente de queja, así como de las disposiciones vigentes que resultan de aplicación, una vez realizadas las consideraciones precedentes, damos por concluidas nuestras actuaciones en la presente queja de oficio.

    El Defensor del Pueblo andaluz pide ante la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo la "suspensión definitiva" del gaseoducto en Doñana

    El Defensor del Pueblo andaluz, Jesús Maeztu, ha comparecido hoy en Bruselas ante la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo y ha reclamado a las instituciones europeas que impulsen la adopción de las medidas necesarias para que el proyecto del gaseoducto de Doñana "se suspenda definitivamente, en todos sus tramos, incluido el de Marismas Occidental", que ya ha comenzado a ejecutarse.

    En su intervención ante la Comisión de Peticiones, Maeztu ha agradecido la sensibilidad que las instituciones de la Unión Europea están mostrando sobre la necesidad de conservar el Espacio Natural de Doñana e impedir actuaciones que pongan en riesgo su futuro. De esta manera, el Defensor del Pueblo andaluz ha relatado las actuaciones que la institución lleva a cabo sobre las amenazas a este espacio natural, entre ellas, el proyecto de gaseoducto, que "preocupa, muy seriamente, a gran parte de la ciudadanía, al movimiento ecologista, a distintos grupos políticos y a diversos miembros e instituciones de la comunidad científica".

    "Debemos tener muy presente que gran parte del trazado de este proyecto discurre por el Parque Natural de Doñana, otra parte por una zona contigua al Parque Nacional de Doñana y, en todo caso, su ejecución se llevará a cabo en un entorno que es inseparable de estos espacios protegidos", ha detallado Jesús Maeztu ante esta Comisión, en la que minutos antes también ha intervenido el coordinador general de Izquierda Unida en Andalucía, Antonio Maíllo.

    Para el Defensor del Pueblo andaluz, "con la información que poseemos, la ejecución del proyecto de gaseoducto de Doñana no es compatible, de acuerdo con el principio de precaución, con la necesidad de garantizar la conservación y mantenimiento del Espacio Natural de Doñana".

    Jesús Maeztu ha fundamentado este pronunciamiento, en primer lugar, en que "no se ha realizado, tal y como viene exigiendo la Normativa Comunitaria europea, la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía, la Defensoría del Pueblo de las Cortes Generales, la oficina del Defensor del Pueblo Andaluz y el propio Consejo Superior de Investigaciones Científicas, una evaluación conjunta de los cuatro tramos antes de ejecutar el proyecto. Esto, con la finalidad de que se lleve a cabo un completo análisis de las afecciones acumuladas y sinérgicas que podrían producirse sobre los hábitats y las especies amparadas por la Directiva de Hábitats, derivadas de su ejecución".

    En segundo lugar, para el Defensor del Pueblo andaluz, y tal y como se desprende del informe del CSIC en las Declaraciones de Impacto Ambiental (DIA) efectuadas sobre cada uno de los cuatro tramos en que se había dividido el proyecto “no se identifican ni valoran los riesgos asociados a la inyección de gas en el subsuelo”. Esto pese a que “el proceso de inyección de gas puede provocar movimientos sísmicos y que su valoración debería haberse incluido en la declaración de impacto ambiental”. De hecho, Jesús Maeztu ha aludido al depósito natural de gas de la denominada plataforma Castor que ha sido paralizada, por el Gobierno de la Nación, por la aparición de sismicidad tras su puesta en marcha.

    En tercer y último lugar, Jesús Maeztu ha reseñado que según el informe enviado por el Instituto Geológico y Minero de España al Defensor del Pueblo de las Cortes Generales, el emplazamiento de los proyectos podría no ser el idóneo, y no permite despejar adecuadamente las dudas existentes sobre la viabilidad de los proyectos de explotación y almacenamiento de gas en Doñana.

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    Ahora es el momento. Declaración del DPA con motivo del Día de la Mujer

    La presencia cada vez mayor de la mujer en el mercado de trabajo y sus logros en la educación y formación, así como en diversos ámbitos de la vida pública, ponen de manifiesto avances en nuestra sociedad. Es evidente que, en muchos ámbitos, se han eliminado discriminaciones y que las desigualdades también han disminuido, pero aún quedan otros en donde la falta de igualdad se sigue manifestando con toda su crudeza.

    Las mujeres, a consecuencia de su género, se enfrentan a situaciones que les impiden participar con plenitud en la sociedad donde viven. Estas desigualdades entre los sexos no se pueden rectificar si no se detectan y corrigen los persistentes, sutiles y a veces ocultos factores que ponen a las mujeres en desventaja frente a los hombres.

    Por eso es indispensable la perspectiva de género que implica reconocer que una cosa es la diferencia sexual y otra cosa son las atribuciones, ideas, representaciones y prescripciones sociales que se construyen tomando como referencia a esa diferencia sexual.

    Como institución garante de derechos, detectamos que, a día de hoy, la sociedad no ofrece las mismas oportunidades a mujeres y hombres en ámbitos como el laboral. Son muchos los estudios y estadísticas en los que se concluye que hay más mujeres que hombres en situación de pobreza y exclusión, en gran parte porque, por motivos familiares, las mujeres trabajan con mayor frecuencia que los hombres a tiempo parcial o con contratos de trabajo temporales, por lo que la pobreza de las mujeres se debe en gran medida a la precariedad de sus empleos y a las diferencias salariales por igual trabajo desempeñado.

    Especialmente duras son las quejas que llegan a esta institución en materia de vivienda, de servicios sociales o de violencia de género, dado que los relatos, muchas veces estremecedores, de las propias afectadas ponen de manifiesto cómo la condición femenina junto a las especiales circunstancias de toda índole en la que se encuentran, pueden contribuir a una doble discriminación. Es el caso de mujeres titulares de familias monoparentales con hijos e hijas a cargo, con escasos o nulos recursos económicos, además víctimas de violencia de género, con alguna discapacidad o pertenencia al colectivo de personas mayores. Es el caso de las mujeres víctimas de trata, en especial de las niñas, una explotación que sobrecoge a esta institución. 

    El principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres supone la ausencia de toda discriminación, directa o indirecta y para su toma de consideración hay que tener en cuenta las formas múltiples e interrelacionadas de discriminación que sufren muchas mujeres y niñas (por razones de discapacidad, origen inmigrante, origen étnico, edad, orientación sexual, identidad de género, embarazo, condiciones de vivienda, bajo nivel educativo, ser víctima de la violencia, etc.) y que sus condiciones han empeorado durante los últimos años.

    Hay que seguir avanzando, porque la eliminación de los tratos discriminatorios contra cualquier grupo se configura como un factor determinante para un desarrollo más equitativo y democrático del conjunto de la sociedad.

    Este año, el Día Internacional de la Mujer se suma a un movimiento mundial sin precedentes por los derechos, la igualdad y la justicia de las mujeres, cuyo lema fijado por las Naciones Unidas es “Ahora es el momento: las activistas rurales y urbanas transforman la vida de las mujeres”.

    Personas de todo el mundo se están movilizando para conseguir un futuro que sea más igualitario. Esta acción se ha manifestado en forma de marchas y campañas mundiales, incluido el movimiento #MeToo en los Estados Unidos de América y sus reflejos en otros países, como protesta contra el acoso sexual y la violencia, por ejemplo: #YoTambién en México, España y América Latina, entre otros lugares, #QuellaVoltaChe en Italia, #BalanceTonPorc en Francia y #Ana_kaman en los Estados Árabes; “Ni Una Menos”, una campaña contra el feminicidio que surgió en Argentina; y tantas otras iniciativas, abordando cuestiones que incluyen desde la igualdad salarial hasta la representación política de las mujeres.

    El Día Internacional de la Mujer 2018 es una oportunidad para transformar este impulso en medidas para empoderar a las mujeres de todos los entornos, rurales y urbanos, y reconocer a las personas activistas que trabajan sin descanso para reivindicar los derechos de las mujeres y conseguir que estas desarrollen su pleno potencial.

    En España se ha convocado una huelga formal de mujeres de 24 horas. Esta movilización está inspirada en el llamado “Día libre de las mujeres” de Islandia de 1975, en el que el 90% de la población femenina de la isla dejó de trabajar y salió a la calle para manifestarse por la igualdad. Fue un día histórico en el que el país se paralizó. Asimismo, en más de 100 países hay convocadas ausencias simbólicas y también paros regulares pero parciales para el jueves 8 de marzo.

    El 8 de marzo, unámonos a las activistas de todo el mundo y a ONU Mujeres para aprovechar la oportunidad, celebrar los logros, tomar medidas y transformar las vidas de las mujeres en todo el mundo.

    AHORA es el momento.

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    La educación, la vivienda y la atención a menores son los asuntos que más preocupan a las mujeres que acuden al DPA

    Los asuntos relacionados con la educación, la vivienda y la atención a los menores de edad han sido los que mayor preocupación han generado a las mujeres que acudieron al Defensor del Pueblo andaluz durante 2017. Un año más, la mayoría de las personas que solicitaron la intervención de este comisionado, dirigido por Jesús Maeztu, fueron mujeres (51%).

    Estos datos pertenecen a un anticipo del Informe Anual 2017 de la Oficina del Defensor del Pueblo andaluz, con motivo del Día Internacional de la Mujer que se celebra mañana, 8 de marzo. Las conclusiones de este Informe aporta que los asuntos relacionados con la igualdad de género, la educación o la dependencia son mayoritariamente abordados por las mujeres. En cambio, el medio ambiente, la vivienda y el consumo son las principales materias por las que los hombres acuden al Defensor del Pueblo andaluz. Asimismo, los asuntos sobre los que los hombres reclaman en mayor número una actuación a diferencia de las mujeres son agricultura, ganadería y pesca; cultura y deportes, y prisiones.

    Las mujeres presentaron ante esta institución menos quejas que los hombres (46% del total), pero son las que más acuden a los distintos mecanismos de consulta de la institución (54,5%). En cuanto a las actuaciones que reclaman, se pone de manifiesto la pervivencia de los roles de género tradicionalmente asignados a las mujeres como son los ligados al cuidado de mayores y personas dependientes o la preocupación por todo lo relacionado con el derecho a la educación de sus hijos e hijas. Asimismo, las familias monomarentales alcanzan un alto grado de protagonismo como promotoras de las quejas en materia de vivienda o de servicios sociales.

    Esta Defensoría está implicada desde hace años en la reivindicación de la igualdad de género. En esta materia, el Defensor del Pueblo andaluz tramitó el pasado año 57 quejas, un 42,5% más que en 2016.

    Son casos, por ejemplo, relacionados con el empleo público, por las presuntas discriminaciones en situaciones que están directamente vinculadas al sexo biológico, como es el caso del embarazo y maternidad, o también por la imposibilidad de ejercitar los derechos laborales de conciliación de la vida laboral y familiar, ya se trate para su ejercicio de solicitudes de movilidad laboral para precisamente poder conciliar o por el impago de becas o ayudas destinadas a la conciliación.

    El rol de género no es ajeno a la salud. Dentro de las intervenciones de esta Defensoría, se atienden quejas relacionadas con procesos o patologías fundamentalmente femeninos. El año pasado esta institución se ocupó, entre otras cuestiones, por las mujeres que padecen hipertrofia mamaria, que a juicio de esta institución, no están suficientemente atendidas en nuestro sistema sanitario. También la práctica de tratamientos de reproducción asistida sigue siendo fuente inagotable de reclamaciones, no sólo por las largas esperas que la acompañan.

    Como cada año, las quejas presentadas ante esta Defensoría en materia de servicios sociales por personas del sexo femenino, tienen una alta carga de dramatismo dado los relatos estremecedores que muchas veces se nos trasladan, de los que se desprenden las circunstancias tan difíciles que día a día viven estas mujeres. La pobreza y las circunstancias de carencia de empleo y de extrema precariedad económica sitúa a las personas en una posición de mayor riesgo de exclusión social y, si esas personas son además del sexo femenino que, además, pertenecen a colectivos más necesitados de protección como las familias monoparentales, mujeres mayores o con alguna discapacidad, ser o haber sido víctima de violencia de género son factores de riesgo que aumentan la posibilidad de que caigan en situación de exclusión social. Las demandas de empleo y de ayudas económicas de emergencia para el pago del alquiler de la vivienda o de los suministros domiciliarios básicos, así como para alimentación, suelen ser las más usuales. Muchas de ellas se cierran al aceptarse o resolverse la pretensión de las interesadas por parte de los servicios sociales comunitarios del Ayuntamiento en cuestión. Otras las concluimos al comprobar tras el informe social que se nos envía, las intervenciones y ayudas sociales concedidas, dentro de los recursos económicos siempre limitados de los que disponen estos servicios.

    Sobre violencia de género, en 2017 esta institución ha seguido trabajando en el enfoque administrativo, relativo a los recursos y ayudas de los que pueden beneficiarse las víctimas. Hemos abierto una queja de oficio para conocer, analizar y valorar el grado de cumplimiento y eficacia de las previsiones establecidas en el Acuerdo de 3 de junio de 2013, por el que se aprueba el Procedimiento de Coordinación y Cooperación Institucional para la Mejora en la Actuación ante la Violencia de Género en Andalucía, así como en el Protocolo Marco de Coordinación Institucional de 14 de julio de 2016 y restantes elementos de aplicación.

    En otras ocasiones, las mujeres víctimas de violencia de género cuestionan que el Ente Público de Menores proceda a retirarles la guarda y custodia de sus hijos e hijas con fundamento en el deterioro personal y psíquico que padecen precisamente por haber sido sometida durante años al maltrato de sus parejas. Es habitual y comprensible que las madres argumenten una víctimización secundaria, ya que además de ser víctima de violencia por parte de sus maridos, sufren también el dolor que supone la separación de sus hijos e hijas, y manifiesten encontrarse con una actitud fría y distante de la Administración que no tiene en cuenta la situación vivida.

    En Administración de Justicia, el Defensor abrió una queja de oficio tras conocer la ausencia de personal para la oficina de denuncias de violencia de género en una comisaría. En la respuesta de la Subdelegación del Gobierno no se alude a los supuestos de insuficiencia de medios que despertó alguna protesta de sindicatos profesionales, así como alguna queja de particulares afectados. Debemos entender que los posibles incidentes quedan solventados. Esta institución confía en que esa ordenación de los servicios implique la superación de posibles incidencias y permaneceremos atentos a cualquier novedad que se produzca sobre esta esencial labor de asistencia y apoyo en las actuaciones de protección a la víctimas de violencia de género.

    En vivienda, una gran parte de las quejas se basan en la carencia de este bien básico por parte de muchas familias andaluzas que acuden a nosotros en demanda de ayuda para poder satisfacer su necesidad de acceso. Muchas de estas quejas por necesidad de vivienda se presentan por familias monoparentales, mujeres madres que asumen la crianza de sus hijos e hijas en solitario, que no cuentan casi con ningún recurso económico o con algunos de muy escasa cuantía, en situación desempleo o con empleos precarios, siendo subsidiarias de prestaciones y ayudas sociales.

    En la labor de las administraciones locales, esta institución inició un expediente de queja en el que se planteaba la situación de desigualdad que históricamente ha padecido la mujer respecto de los hombres en cuanto al reconocimiento público por sus actos o sus méritos. Y todo ello, a colación de la petición recibida para que se rectificase el error material existente en el nomenclátor del callejero de la Ciudad de Sevilla en relación con la calle denominada Eustaquio Barrón, cuya denominación correcta debía ser el de calle Eustaquia Barrón, por ser la denominación original de la misma. La sugerencia fue finalmente aceptada por el pleno del Ayuntamiento y ya se ha llevado a debido efecto, cambiando la rotulación de la calle, que recupera, de esta forma, su denominación primigenia.

    En sostenibilidad, ninguna de las quejas presentadas por mujeres en estas materias hacían alusión directa o indirecta a cuestiones de género. Esa ausencia de quejas motivadas por esta causa tal vez tenga su base en los escasos estudios sobre la incidencia que el planeamiento urbanístico, la movilidad y el medio ambiente puede tener en los derechos de la mujer y las situaciones de discriminación que se generan.

    La Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la Promoción de la Igualdad de Género en Andalucía (en adelante LPIGA) contiene diversos preceptos para intentar subsanar esta importante omisión de la perspectiva de género en la configuración del modelo de ciudad, pero el Defensor del Pueblo andaluz considera que no existe todavía una conciencia clara por parte de los responsables públicos que afronte con compromiso tener presente la mencionada perspectiva.

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    La Oficina de Atención Ciudadana del Defensor estará en Écija el próximo 15 de marzo

    La Oficina de Atención e Información Ciudadana del Defensor del Pueblo Andaluz estará en Écija, el próximo 15 de marzo para atender en persona las quejas y consultas que quiera hacerle llegar la ciudadanía.

    El objetivo de esta visita in situ es acercar los servicios de la Institución a la ciudadanía con el fin de atender, proteger y defender sus derechos frente a la actuación de las administraciones públicas en vivienda, salud, educación, servicios sociales, medio ambiente, justicia, transporte público, etcétera. Y también en cuestiones relacionadas con los servicios de interés general, tales como reclamaciones de telefonía, entidades financieras, suministros de luz y agua, etc.

    La Oficina de Atención Ciudadana del Defensor del Pueblo Andaluz estará abierta el jueves, 15, en horario de mañana y tarde (de 9 a 14 horas, y de 17 a 19 horas), para atender las quejas y consultas de la ciudadanía en la Casa de la Juventud, en avenida Miguel de Cervantes, 21.

    Cualquier persona o colectivo podrá dirigirse directamente a la Oficina y trasladar su reclamación, si bien, para una mejor prestación del servicio, se podrá concertar una cita previa llamando al teléfono 954 21 21 21 o enviando un correo electrónico a citapreviadpa@defensor-and.es.

    La Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz también aprovechará este viaje para reunirse con representantes de asociaciones y trabajadores sociales, con el fin de conocer en detalle la situación de la zona, sus principales proyectos, objetivos y aspiraciones.

    Como en anteriores visitas del Defensor a otras zonas andaluzas, el objetivo del desplazamiento de la Oficina de Atención Ciudadana es acercar la Institución del Defensor del Pueblo Andaluz a toda la ciudadanía, reforzar las relaciones con las entidades locales y colectivos sociales, y, sobre todo, tener un mayor conocimiento de la problemática de la zona.

     

     

      Debatimos la mejora de los procedimientos para la determinación de la edad de los MENA

      El Defensor del Menor de Andalucía ha celebrado hoy una jornada técnica para el análisis y mejora de los procedimientos de determinación de la edad a los menores extranjeros no acompañados (MENA) que llegan al territorio andaluz.

      El Defensor del Menor, cuyo titular es Jesús Maeztu, ha contado con la experiencia de fiscales de Extranjería y de Menores; representantes de las Consejerías andaluzas de Igualdad, de Interior y de Salud; representante del Instituto de Medicina Legal y miembros de ONG.

      El Defensor del Menor ha considerado que esta prueba en el caso de Andalucía queda reducida generalmente a una radiografía del hueso carpo de la mano izquierda que se realiza en algunos hospitales del Sistema sanitario público andaluz. En opinión del Defensor del Menor, esta técnica presenta grandes márgenes de error y ha sido objeto de crítica por un amplio sector de la comunidad científica, desde donde se insiste en que cualquier estudio de determinación de la edad ha de basarse en distintas pruebas, valoradas todas ellas en su conjunto; aun así no son rigurosas si no toma en consideración también la influencia de factores patológicos específicos, nutricionales, higiénicos-sanitarios y de actividad física.

      Respecto a los métodos para realizar estas pruebas, existe un documento sobre Recomendaciones sobre métodos de estimación forense de la edad de los menores extranjeros no acompañados. Se trata de un documento de Consenso de Buenas Prácticas entre los Institutos de Medicina Legal de España (2010). Las pautas y directrices recogidas en este documento han sido recomendadas en el Protocolo Marco de MENA de 2014.

      La fiabilidad y rigurosidad de las pruebas no es una cuestión baladí Se trata de un asunto sumamente trascendente para la vida de las personas extranjeras ya que con esta prueba se está decidiendo si los poderes públicos deben prestarles las atenciones y cuidados a las que tienen derecho como menores de edad o, por el contrario, han de ser tratadas como personas adultas extranjeras que se encuentran irregularmente en nuestro país y han de ser repatriadas a sus países de orígenes, salvo que sean susceptibles de protección internacional.

      Con esta jornada, el Defensor del Menor pretende interesar la colaboración de todos los agentes implicados y conseguir para estos menores sobre cuya edad existan dudas fundadas, que se les realicen de estudios y pruebas médicas de mayor fiabilidad que permitan fundamentar con rigor el dictamen médico, que se la base de la declaración de mayoría o minoría de edad por la Fiscalía de menores. También que durante la realización de dichas pruebas se respeten otros derechos de los menores como el derecho a ser informado sobre la naturaleza de aquellas en un lenguaje comprensible y en su idioma, y obtener su consentimiento para la práctica de las mismas.

      Preguntamos por las medidas para evitar los cortes de luz a las personas más vulnerables

      En concreto, en la actuación de oficio nos interesaremos por conocer si desde la Administración se han habilitado los cauces oportunos para la remisión de la información de los listados de cortes a los Ayuntamientos; para la recepción de la respuesta municipal con el listado de personas cuyos suministros no pueden ser cortados; y para la puesta en conocimiento de esta información a las empresas eléctricas. Todo ello, dentro de unos plazos suficientemente ágiles para evitar que se consumen los cortes anunciados cuando los mismos no resulten procedentes. Igualmente nos dirigiríamos a la FAMP con objeto de conocer si existe alguna iniciativa para que los Ayuntamientos andaluces puedan recibir la información correspondiente a los listados de corte de suministro.

      El Defensor del Pueblo andaluz intervendrá en Bruselas el 21 de marzo para exponer su posicionamiento sobre el proyecto de gaseoducto en Doñana

      El Defensor del Pueblo andaluz, Jesús Maeztu, intervendrá en la próxima Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo, que se celebrará el 21 de marzo,  para explicar su posicionamiento sobre el proyecto de gaseoducto que se planea construir en Doñana. El Defensor del Pueblo andaluz recibió ayer tarde la comunicación de la presidenta de la Comisión de Peticiones, Cecilia Wikström, en la que invita al titular de esta institución a asistir y participar en la reunión que abordará distintas peticiones de asociaciones y partidos políticos relacionadas con el proyecto de gaseoducto en Doñana.

      El pasado mes de enero una delegación de IU Andalucía propuso al Defensor del Pueblo andaluz solicitar a esta comisión su comparecencia. El Defensor garantizó que, si dicha Comisión lo aprobaba, el Defensor acudiría al Parlamento europeo.

      En octubre, el Defensor del Pueblo Andaluz envió al Defensor del Pueblo de las Cortes Generales un informe en el que proponía "la suspensión definitiva del Proyecto de Gaseoducto de Doñana en todos sus tramos, incluido el de Marismas Occidental":

      “... con la información que actualmente se posee sobre los posibles riesgos que se pueden derivar de la ejecución del Proyecto de Gaseoducto de Doñana, lo acontecido en el Depósito de El Castor, la forma en que se han tramitado los proyectos, tanto en lo que concierne a la DIA del proyecto Marismas Occidental, como en lo relativo a la ausencia de una evaluación conjunta que tenga en cuenta las afecciones que se pueden generar asociadas a los cuatros proyectos y, sobre todo, teniendo en cuenta los valores ambientales y la extraordinaria diversidad del Espacio Único de Doñana, que es muy necesario mantener, conservar y, en la medida de lo posible, acrecentar ante las amenazas que ha tenido, y tiene, pese a haber sido declarado Patrimonio de la Humanidad, derivadas de la actividad humana, que se debe proceder a la suspensión definitiva del Proyecto de Gaseoducto de Doñana en todos sus tramos, incluido el de Marismas Occidental".

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