La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

Defensor del Menor

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Informe Anual 2010 - Administraciones económicas

  • Legislatura del informe: VIII Legislatura
  • Fecha de presentación del informe: 29/03/2011

Vídeo del debate en Comisión:

Informe Anual 2010

Vídeo del debate en Pleno:

Informe Anual 2010

Informes Anuales

El Defensor del Pueblo Andaluz presenta al Parlamento de Andalucía Informes Anuales en los que da cuenta de la gestión realizada cada ejercicio.

2. ¿Qué derechos constitucionales pueden ser objeto de protección por el Defensor del Pueblo Andaluz?

  • El artículo 46 del Estatuto de Autonomía para Andalucía no hace distinción alguna. Por tanto, pueden ser objeto de tutela y protección los derechos fundamentales, tal sería el caso de la inviolabilidad del domicilio o el derecho a la igualdad, como los denominados "derechos sociales"; si bien estos últimos se protegen de acuerdo con la legislación que los desarrolla. Tal es el caso del derecho a un medio ambiente adecuado, una vivienda digna, a la protección de la salud, a la integración de quienes poseen una discapacidad, etc.
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1. ¿Quién puede presentar queja ante el Defensor del Pueblo Andaluz?

  • Cualquier persona, nacional o extranjero, que estime que han sido vulnerados sus derechos constitucionales por la Administración Autonómica y, dentro de su ámbito competencial, por la Local, así como las entidades públicas dependientes de estas Administraciones
  • También puede hacerlo quien estime que las normas que regulan el reconocimiento, acceso y protección de los derechos deben ser modificadas para mejorar su tutela efectiva, sin que, necesariamente, se haya producido una irregularidad.
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ALGUNAS NOTAS SOBRE EL PROCEDIMIENTO DE TRAMITACIÓN DE LOS ESCRITOS DE QUEJAS

El Estatuto de Autonomía para Andalucía contempla que una Ley regulará la Institución del Defensor del Pueblo de esta Comunidad Autónoma, como Comisionado del Parlamento para la defensa de los derechos y libertades del Título I de la Constitución Española.

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