Queja número 19/1634
En relación con expediente de queja recibido en esta Institución relativo a liquidación por IIVTNU, la Agencia Tributaria de Sevilla del Ayuntamiento de Sevilla, nos traslada la siguiente información:
“PRIMERO: Denegar la solicitud de exención en el IIVTNU respecto de la transmisión mortis causa del inmueble con referencia catastral 1621711 TG4412S 001 EZ, al fallecimiento de Doña (...), con DNI ….........
SEGUNDO: Anular por error material y división de la deuda la liquidación del IIVTNU número 201900016549, emitida en el expediente 201600037146, a nombre de herederos de (...), con NIF …........
TERCERO: Emitir en su sustitución liquidaciones individualizadas a cada uno de los tres herederos, por un 33,33% a cada uno de ellos, en las que se considere un periodo impositivo de 14 años conforme en el expositivo.
CUARTO: Dar traslado del contenido de la presente resolución a los interesados, a los efectos oportunos.”
Tras un detenido estudio de dicha información, se deduce que el asunto por el que acudió a nosotros se encuentra solucionado, por lo que con esta fecha procedemos a dar por concluidas nuestras actuaciones en el expediente de queja.
0 Comentarios
Escribir un comentario