Queja número 17/6601
En fecha reciente hemos recibido informe de la Fiscalía Provincial de Sevilla del que pasamos a transcribirle a continuación:
“Por medio del presente le informo en relación con la queja que presenta ante su Institución la fundación Hispalense de Tutelas en relación con la tramitación de los autos 825/17 del Juzgado de Sanlúcar la Mayor 4.
No existe ningún retraso en la tramitación pues se incoó procedimiento el 21/11/17 y con fecha 26/1/18 se dicta providencia acordando no haber lugar a lo interesado por la entidad tutora y requiriéndole a esta para que presente rendición de cuentas. Debe advertirse que la misma pretensión se realizó ante el Juzgado 26 de Sevilla y se respondió pro providencia de 30/6/17 de la misma forma, considerando que no corresponde al Juzgado requerir a una entidad bancaria para realizar el rescate de unas rentas vitalicias. La entidad tutora puede solicitar autorización para realizar actos concretos de disposición de bienes y derechos del tutelado pero no realizarlos directamente.
La entidad tutora por supuesto puede recurrir dicha providencia de no estar conforme con ello.”
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