Queja número 17/5092
El interesado exponía que su madre, de 92 años de edad, se encontraba valorada como dependiente severa desde agosto del año 2015, teniendo efectuada la propuesta de PIA, consistente en Servicio de Atención Residencial, que no había sido aprobada hasta la fecha, a pesar del tiempo trascurrido y de la edad y necesidades de la afectada.
Solicitamos informe a la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Granada, desde donde nos indicaron que con fecha 17 de mayo de 2011 se dictó Resolución por la que se le reconocía el Grado 1 Nivel I de Dependencia Moderada.
Con fecha 10 de agosto de 2015 se dictó Resolución reconociendo el Grado 2 de Dependencia Severa.
Con fecha 1 de septiembre de 2016 se recibió en la Delegación Territorial el Informe Social y Programa Individual de Atención donde se proponía Servicio de Atención Residencial, como medida mas idónea.
Con fecha 23 de enero de 2018 se dictó Resolución reconociendo el derecho de acceso al servicio de atención residencial en una localidad granadina.
En consecuencia, considerando solucionado el asunto planteado, dimos por concluidas nuestras actuaciones.
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