Queja número 12/4840
Tras la actuación del Defensor del Pueblo Andaluz, el Ayuntamiento de Sevilla, aceptando la resolución formulada por esta Institución, lleva a cabo la medición en el domicilio del interesado, en festivo y horario nocturno, de los ruidos provenientes de una actividad de hostelería, bajo su vivienda.
Tras formular resolución en este expediente de queja, el Ayuntamiento nos comunicó, como respuesta a la misma, que se habían dado instrucciones para iniciar los trámites que permitieran llevar a cabo una medición en el domicilio del interesado “con objeto de comprobar si el nivel de ruidos que sufre en su vivienda como consecuencia de la actividad y de su terraza están o no por encima de los límites legales permitidos”, y que se había previsto dicha medición para un sábado, en horario nocturno, de forma coordinada por la Gerencia de Urbanismo y la Dirección General de Seguridad del Ayuntamiento de Sevilla.
En vista de esta información, que suponía la aceptación de nuestra resolución, dimos traslado de la misma al interesado para que, si lo creía oportuno, nos hiciera llegar sus consideraciones. No obstante y después de transcurrir un plazo de tiempo prudencial, éste no respondió por lo que entendimos que no consideraba que fueran necesarias actuaciones adicionales por nuestra parte, dando así por concluidas las mismas y procediendo a su archivo.
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