Queja número 13/1734
Embargo de cuenta corriente por multa de tráfico ya abonada.
Tras la intervención del Defensor del Pueblo Andaluz, el Ayuntamiento de Almuñécar (Granada) devuelve a la interesada la cantidad de 37,84 euros embargada de su cuenta corriente en Octubre de 2012 por una sanción de tráfico que la interesada ya pagó en el año 2010.
La interesada de la queja nos relataba que en Junio de 2010 recibió notificación del Ayuntamiento de Almuñécar (Granada) por la que se le había impuesto una multa de tráfico, por importe de 35 euros y con fecha límite de pago el 17 de Junio de 2010, con una reducción del 30 % de su importe. Por ello, abonó, el 15 de Julio de 2010, la cantidad de 24,50 euros. Sin embargo, el 22 de Octubre de 2012 (transcurridos casi dos años) se le embarga, de su cuenta corriente y sin ninguna notificación previa del Ayuntamiento, la cantidad de 37,84 euros. Ante esta situación, solicita, con fecha 23 de Octubre de 2012, que proceda a archivar el expediente sancionador por la multa y que se le devuelva la cantidad ahora embargada, de 37,84 euros. Al no recibir respuesta alguna, el 5 de Marzo de 2013 denuncia esta situación ante esta Institución.
Tras dirigirnos al citado Ayuntamiento, éste nos da cuenta de que ha acordado proceder a la devolución de la cantidad que le fue indebidamente embargada a la reclamante, es decir 37,84 euros. Considerando que el problema que le afectaba ha quedado solucionado, dimos por concluidas nuestras actuaciones.
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