Queja número 14/1407
El Defensor del Pueblo Andaluz logra que el Ayuntamiento rompa el silencio administrativo mantenido, y resuelva expediente de devolución de ingresos indebidos.
La parte interesada exponía que con fecha 27 de enero de 2014 había solicitado del Ayuntamiento de Sevilla la devolución de ingresos indebidos, cobrados mediante embargo de importe a devolver en declaración de la renta, correspondientes a liquidaciones por IVTM (ejercicios de 1999 al 2008) por una motocicleta de su propiedad hasta ese ejercicio, recibos que había hecho efectivos en Mairena del Aljarafe. Añadía que el Ayuntamiento de Sevilla le había contestado telefónicamente que le devolvería 238,68 euros -importe correspondiente a las cuatro últimas anualidades cobradas y no prescritas- pero sin que hasta la fecha hubiera recibido ni respuesta a su escrito, ni el ingreso de cantidad alguna devuelta.
Tras dirigirnos a la Agencia Tributaria del Ayuntamiento de Sevilla, se nos remite informe por el que se nos indica que aunque dicho impuesto se ha abonado por el interesado erróneamente en otro municipio, se resuelve devolver un importe de 234.04 € correspondiente a los recibos emitidos de 2005 y 2008.
Igualmente, se nos indica que el mismo se encuentra en fase de tramitación pendiente de su ingreso en cuenta, según resolución de fecha 4 de marzo de 2014, cuyo traslado se remite al interesado al domicilio que el mismo indicó, siendo devuelta dicha notificación al resultar la “dirección incorrecta”.
En consecuencia, consideramos que el silencio administrativo denunciado en las presentes actuaciones se rompió al momento de llevar a cabo la Agencia Tributaria del Ayuntamiento de Sevilla el intento de notificación de la Resolución de 4 de marzo de 2014, y de la que dimos traslado al interesado, a quien indicamos la conveniencia de contactar con dicho organismo y facilitar nº de cuenta de ahorro o depósitos en la que desee el ingreso de la cantidad referida.
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