Queja número 12/0589
Familia accede de forma definitiva a vivienda adjudicada hacía años.
La interesada exponía que vivía con su marido y dos hijos de 11 y 13 años en un local municipal, antiguo matadero, en el que había realizado obras para convertirlo en una vivienda, careciendo ésta de condiciones de salubridad importantes, tal como constaba en el informe social del 8/2/ 2012. La interesada presentaba un mal estado de salud, con una incapacitación del 51%, según informe que nos presentaba.
En la Comisión de Vivienda del Ayuntamiento de 12 de mayo de 2004, se le asignó una vivienda en la C/ .... Posteriormente se ocupó la vivienda, según la interesada de forma ilegal, perdiendo ella el derecho sobre la misma. Se había dirigido en varias ocasiones al Ayuntamiento solicitando una vivienda dadas las circunstancias en la que se encontraba, sin obtener respuesta alguna a su demanda.
Nos dirigimos al Ayuntamiento y a la vista de su respuesta, procedimos a dirigirle Recomendación general en el sentido de que:
1) Se determinase con exactitud en qué situación administrativa se encontraba el expediente de adjudicación tramitado en su momento a favor de la interesada y, en función de lo que se determinase, adoptar la resolución que legalmente procediese con determinación de las responsabilidades a que hubiera lugar, incluido el resarcimiento, si así se estimara procedente, en función del artículo 106 apartado 2 de nuestra Norma Suprema.
2) Se ejerciese sobre la vivienda sita en la C/ ..., si así resultara procedente, las competencias que le atribuye la Ley 7/1999, de 29 de Septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, especialmente las potestades de investigación (artículo 64), recuperación de oficio (artículo 66 y 67) y desahucio administrativo (artículo 68 y siguientes), con la finalidad de que se regularizara la situación de ocupación y uso de la vivienda de referencia.
3) En función de lo que resultase del ejercicio de sus potestades y competencias legales, la vivienda referida fuera objeto de adjudicación formal y material a la familia de la localidad que, tras los procedimientos legales que hubieran sido pertinentes, ostentase el derecho a su ocupación.
En el escrito recibido del Ayuntamiento se recoge expresamente la aceptación de las tres Recomendaciones formuladas a la vez que nos informan que tras las conversaciones mantenidas con todas las familias afectadas, la reclamante habita ya la vivienda sita en la C/ ..., y que desde el Ayuntamiento realizarán los trámites oportunos para resolver el procedimiento de adjudicación de la vivienda referida a favor de la familia de la interesada.
En consecuencia, puesto que la familia de la interesada ya viene residiendo en la vivienda cuya adjudicación definitiva reclamaba y teniendo en cuenta que el Ayuntamiento ha aceptado expresamente la Resolución formulada en su día por esta Institución, con esta fecha damos por concluidas nuestras actuaciones en el presente expediente de queja.
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