Queja número 18/2878
En relación con expediente de queja recibido en esta Institución referente al silencio mantenido por la Administración a la reclamación formulada por falta de respuesta a solicitud de devolución ingresos indebidos por IIVTNU, recibimos su comunicación donde nos da respuesta a nuestra solicitud de alegaciones de fecha 5 de abril de 2019.
Tras un detenido estudio de dicha información, dado que el presente expediente de queja se inició a los únicos efectos de romper el silencio mantenido por la Administración a sus reclamaciones, y considerando que dicha cuestión ha quedado solventada, con esta fecha procedemos a dar por concluidas nuestras actuaciones en el expediente de queja.
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