Queja número 20/5265
La persona interesada nos trasladaba que llevaba desde hacía casi diez años inscrita como demandante de vivienda pública y en una ocasión rechazó una propuesta de vivienda por tratarse de un barrio en el que, afirmaba, estaba “amenazada de muerte”.
Refería que era víctima de violencia de género, que tenía dos hijos menores y que no podía hacer frente al alquiler con su exiguo salario.
Admitida la queja a trámite solicitamos al Ayuntamiento de Córdoba información sobre si los servicios sociales habían considerado que esta familia se encontraba en situación o riesgo de exclusión social; su situación en el Registro Municipal de Demandantes de Vivienda; posibilidades de adjudicación a corto plazo de viviendas de alquiler social y si se había considerado la posibilidad de excepcionar la obligación de adjudicación a través del Registro Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida de acuerdo con lo previsto en el artículo 13 del Reglamento de Viviendas Protegidas de Andalucía; otras posibles medidas que se puedan activar a fin de aportar una solución al problema habitacional de la familia interesada.
En la respuesta municipal se detallaban las actuaciones realizadas con esta familia por los servicios sociales comunitarios, pero no se daba respuesta al resto de las cuestiones planteadas, por lo que interesamos la emisión de un nuevo informe que contuviera respuesta expresa a las mismas.
En el nuevo informe sobre la situación en el Registro Municipal de Demandantes de Vivienda nos indicaban que la interesada tenía que actualizar los ingresos relativos a 2020 ya que los últimos reflejados eran de 2019.
En cuanto a las posibilidades de adjudicación a corto plazo de viviendas de alquiler social y si se había considerado la posibilidad de excepcionar la obligación de adjudicación a través del Registro Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida indicaban que a lo largo de 2021 AVRA había ofertado en Córdoba 16 viviendas, 15 de tres habitaciones y 1 de dos habitaciones, mientras la lista con los baremos de familias en riesgo o exclusión social era de 24. En la lista de demanda de vivienda de tres dormitorios, la familia tenía 120 puntos mientras que la familia con mayor puntuación tenía 158 puntos. Por tanto, ante esta situación de escasez de vivienda protegida se seguirían encontrando con multitud de familias a las que aún teniendo realizados todos los trámites de información, asesoramiento, gestión y/o derivación de recursos por parte de los servicios sociales, continuarían sin vivienda protegida puesto que no había apenas ofertas de ellas.
Respecto de otras medidas que se pudieran activar a fin de aportar una solución al problema habitacional de la familia interesada, indicaban que el 21 de julio se le notificó la aprobación de la ayuda de continuidad. Puesto que la persona interesada informó que la iban a desahuciar de la vivienda, desde servicios sociales se modificó propuesta a vivienda de nuevo acceso. Tenía cita en VIMCORSA para que se le notificara la nueva ayuda con la que abonaría al alquiler 50€ durante el periodo de un año.
Asimismo fue propuesta dentro del Programa de Inclusión Activa encontrándose con un contrato de trabajo desde el 1 de agosto hasta el 31 de diciembre de 2021, a media jornada.
En vista de esta información, considerando que el asunto planteado se encontraba solucionado, dimos por concluidas nuestras actuaciones.
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