Queja número 20/0629
En relación con expediente de queja recibido en esta Institución referente al silencio mantenido por la Administración a la solicitud formulada por Ejecución de Sentencia de 2011 ISD, el Patronato de Recaudación Provincial. Diputación de Málaga nos traslada la siguiente información:
“De acuerdo con el Convenio de Colaboración, en orden a la recaudación en vía de apremio de los derechos económicos de la Comunidad Autónoma, toda deuda ingresada en el Patronato de Recaudación es transferido el importe en los primeros 15 días del mes siguiente al ingreso a la Comunidad Autónoma. Por todo ello la liquidación que nos ocupa fue ingresada en el mes de mayo del 2008 y transferida dicha cantidad a la Comunidad Autónoma Andaluza en el mes de Junio.
Con fecha 08/03/2012 tuvo entrada en este Organismo solicitud de ingreso indebido sobre la deuda 0111290016911, quedando registrada con el número 6665/2012/REGIS, la cual fue trasladada al Organismo competente en ese momento para gestionarla, Agencia Tributaria de Andalucía Unidad de Recaudación de la Coordinación Territorial de Málaga, con registro de salida de este Organismo nº 166/2012 de fecha 20/03/2012.
Es por lo que, no puede ser atendida su solicitud de información relacionada con el trámite efectuado a la solicitud de devolución de ingreso indebido 6665/2012/REGIS.”
Tras un detenido estudio de dicha información, dado que el presente expediente de queja se inició a los únicos efectos de romper el silencio mantenido por la Administración, y considerando que dicha cuestión ha quedado solventada, con esta fecha, procedemos a dar por concluidas nuestras actuaciones en el expediente de queja.
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