La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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Le informan que el vallado sobre el que pregunta no está en la vía pública si no en zona privada

Queja número 20/7231

En relación con expediente de queja recibido en esta Institución referente a la falta de respuesta a la reclamación por vallado en vía pública, el Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera nos traslada la siguiente información:

En relación con el escrito presentado en el Registro General de Entrada de este Ayuntamiento por D. (...), el día 17 de junio de 2020, con nº de registro 15.761, examinado la documentación aportada, el técnico que suscribe informa lo siguiente:

El suelo donde se ubica el vial objeto de la consulta tiene el carácter de “privado” toda vez que pertenece a la finca donde se ubica el Hotel Aldiana y forma parte de las instalaciones de este establecimiento desde que se le concedió la oportuna Licencia Municipal de Obras en vigencia de las Normas Subsidiarias Municipales, en base al Plan Parcial RT-47 Torrenteras aprobado definitivamente el 28/03/89, y posterior Estudio de Detalle de la Parcela RTH-4 aprobado definitivamente el 29/01/97, que desarrollaba la ordenación de detalle de la citada parcela RTH-4, y así se refleja en las planas de ordenación del actual Plan General de Ordenación Urbanística de Chiclana de la Frontera.

Por tanto, el PGOU vigente contempla el suelo de esta parcela hotelera como:

- Clasificación: SUELO URBANO CONSOLIDADO, Zona de Ordenanza 20.6 "Novo Sancti Petri”, subzona Z0.6.1 "Centros Hoteleros del Novo Tipo 1”.

- Calificación: Uso Global "Turístico" y Uso Pormenorizado "Establecimiento Hotelero (TU-H)”.

Las obras a las que se aluden en el escrito, "colocación de palos verticales que impiden el acceso de personas con normalidad haciendo imposible el paso de sillas de ruedas y bicicletas”, tienen solicitado licencia municipal con fecha 30/06/20, expediente OVP 117/204. En este sentido, en fecha 17/12/20 el promotor de la actuación aporta nueva documentación técnica justificativa del cumplimiento de la normativa urbanística de aplicación.

Examinada la documentación obrante en el expediente esta Delegación de Urbanismo y Diseminado estima que no existe inconveniente urbanístico para conceder la licencia solicitada, y a esos efectos se ha emitido por Técnico Municipal el informe pertinente con fecha 04/02/20”.

En consecuencia, dado que la presente queja se admitió a trámite únicamente a los efectos de romper el silencio administrativo existente a la referida reclamación, a la vista de la información recibida y tras nuestra intervención se ha solucionado la situación de silencio mantenido, en consecuencia damos por concluidas nuestras actuaciones en el expediente de queja.

¿Te preocupa algo o tienes alguna duda?

2 Comentarios

Jose (no verificado) | Junio 9, 2023

Quiero vallar una parcela rural ,la valla se cayó hace tiempo y quiero ponerla nueva,es necesario pedir licencia al ayuntamiento?
Chiclana ahora mismo se rige por las normas subsidiarias de 1987.

El DPA responde | Junio 12, 2023

Hola José, no contamos con datos suficientes para poder darte una respuesta adecuada, te recomendamos que dirijas tu consulta al Ayuntamiento de Chiclana mediante escrito presentado por Registro de Entrada del Ayuntamiento para que puedan aclararte esta cuestión.

Saludos

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