Queja número 19/5038
El promotor de la queja manifestaba en su comunicación que, en julio de 2018 contrató, con la empresa MásMóvil el servicio de Internet pero notó que no llegaba la velocidad contratada. Siempre según el interesado, cuando los técnicos revisaron la instalación la diagnosticaron como “KO técnico” por lo que se dio de baja en la compañía a los 5 días de su contratación. A pesar de ello continuaron facturándole los servicios, que el no abonaba por lo que le reclamaban las cantidades adeudadas. Había acudido a la OMIC de su localidad y MásMóvil le había dado la razón, pero aún así continuaban reclamándole el pago de las facturas, la última de ellas por no devolver el router y por la promoción de lanzamiento.
Tras admitir a trámite la queja y dirigirnos a MásMóvil, ésta nos respondió que habían verificado que en julio de 2018 se dio de baja el servicio de ADSL como “KO técnico”, pero la baja no se gestionó hasta abril de 2019, por lo que continuaron facturando el servicio. Por ello habían procedido a abonar las facturas indebidamente generadas por el importe íntegro de ellas. En cuanto a la penalización por la no devolución del router e incumplimiento de la promoción habían devuelto la cantidad facturada por incumplimiento de la promoción, pero no de la devolución del router pues no les constaba ésta.
Por tanto, entendimos que se había resuelto la reclamación presentada por el interesado y dimos por concluidas nuestras actuaciones.
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