Queja número 19/7163
En relación con expediente de queja recibido en esta Institución referentes a la extinción de condominio: ITPAJD, la Agencia Tributaria de Andalucía, nos traslada la siguiente información:
- En relación con el procedimiento de rectificación de autoliquidación iniciado mediante solicitud presentada los días 17 y 19 de junio de 2019, se señala que en fecha 5 de diciembre de 2019 la Gerencia Provincial de Málaga notificó la interesada la propuesta de resolución, cuya copia se acompaña, en la que se propone: “desestimar la presente solicitud de rectificación de autoliquidación” por los motivos que se recogen en la misma. En la citada propuesta se concede a la interesada un plazo de 15 para formular alegaciones y presentar los documentos y justificantes que estime convenientes en defensa de sus derechos. Por lo tanto, actualmente el procedimiento se encuentra pendiente de que se dicte y notifique la resolución (definitiva).
- En cuanto a la reclamación económico-administrativa interpuesta por la interesada en fecha 25 de julio de 2019, la misma se encuentra pendiente de resolver. Una vez que se dicte el fallo y haya adquirido firmeza, esta Administración procederá a su ejecución en la forma y términos que en el mismo se consignen”
Tras un detenido estudio de dicha información, se deduce que el asunto por el que acudió a esta Institución se encuentra en vías de ser solucionado, por lo que con esta fecha procedemos a dar por concluidas nuestras actuaciones en el expediente de queja, dado que se está tramitando un procedimiento extraordinario y especial de revisión, iniciado por la interesada ante el Tribunal Económico Administrativo (TEARA), organismo adscrito al Ministerio de Hacienda y que no podemos supervisar.
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