Queja número 13/5997
Se resuelve el expediente de dependencia de menor, con prestación económica para cuidado en el entorno familiar.
La parte promotora de la queja exponía que, si bien su hija menor de edad tenía reconocida una Gran Dependencia en Grado III, Nivel 2, no había sido aprobado el PIA propuesto que, al parecer, consistía en prestación económica para cuidados en el entorno familiar.
Solicitado informe a la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, se nos comunicó que con fecha 6 de Junio de 2011 se presentó la solicitud para el reconocimiento de la situación de dependencia y por Resolución de la persona titular de la Delegación para la Igualdad y Bienestar Social en Sevilla, de fecha 13 de Abril de 2012, fue reconocida con un Grado III-Nivel 2, Gran Dependencia.
Iniciada revisión, de oficio, a los efectos de comprobar si se había producido alguna variación en la situación de dependencia, se confirmó el Grado III, Gran Dependencia, por Resolución del Delegado Territorial de Salud y Bienestar Social, como representante de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía en Sevilla, de fecha 29 de Enero de 2013.
Concluida la fase del procedimiento para establecer el recurso adecuado a su situación de dependencia, nos informaron que con fecha 09 de Julio de 2014, se resolvió para la persona dependiente la prestación económica para cuidados en el entorno familiar y cuidadores no profesionales.
Puesto que el asunto por el que la interesada se dirigió a la Institución quedó resuelto, dimos por concluidas nuestras actuaciones.
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