Queja número 17/1739
Con fecha de 23 de marzo de 2017 se recibió en esta Institución escrito de queja en el que el compareciente expuso que por Resolución de 25 de enero de 2017 fue reconocida la situación de dependencia, solicitada el 7 de junio del año 2016, así como posteriormente, elaborada y remitida por los Servicios Sociales correspondientes la propuesta de PIA, sin que se hubiera procedido a aprobar el recurso, a pesar del tiempo transcurrido desde la Resolución de grado.
Interesó por ello que se procediera a finalizar el procedimiento y a asignar el recurso propuesto de Servicio de Ayuda a Domicilio.
Admitida a trámite la queja, esta Institución acordó requerir la emisión del preceptivo informe a la Delegación Territorial en Málaga de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales, que, el 24 de mayo de 2017 ratificó el reconocimiento de la afectada como Dependiente y la existencia de propuesta de PIA formulada por los Servicios Sociales, consistente en el Servicio de Ayuda a Domicilio, con intensidad de 70 horas mensuales, explicando que “En función de la demanda existente y la disponibilidad del recurso solicitado, se dictará la correspondiente resolución, sin perjuicio de realizar el seguimiento permanente del caso.”
Persistiendo la demora expuesta por la promotora de la queja, en virtud del artículo 29 de nuestra Ley reguladora, formulamos a la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Málaga Resolución en el sentido de que se dictase resolución aprobando el programa individual de atención de la persona dependiente y se diera plena efectividad al recurso correspondiente.
En su respuesta nos informaron que esa Delegación Territorial emitió el 25 de enero de 2017, resolución de reconocimiento de la situación de dependencia con un Grado III y que desde los Servicios Comunitarios correspondiente se elaboró el PIA correspondiente, en cuya propuesta se solicitaba como servicio más adecuado el Servicio de Ayuda a Domicilio, con una intensidad de 70 horas mensuales, y el Servicio de Teleasistencia, dictándose la correspondiente resolución el pasado 13 de noviembre de 2017.
Al haberse solucionado favorablemente el asunto planteado, dimos por concluidas nuestras actuaciones.
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