Queja número 18/1228
La interesada manifestaba que desde octubre de 2017 estuvo arreglando los papeles del salario social en su Ayuntamiento y siempre faltaba algo o el personal no estaba o le hacían esperar para luego decir que no podía atenderla. Al final logró echar la solicitud el 13 de diciembre 2017 y hasta la fecha de presentación de su queja no tenía noticia alguna.
Recordamos la importancia de atender estas situaciones en base a lo recogido en el Decreto-ley 7/2013, de 30 de abril, de medidas extraordinarias y urgentes para la lucha contra la exclusión social en Andalucía, que en su disposición final segunda viene a modificar el Decreto 2/1999, de 12 de enero, por el que se regula la creación del Programa de Solidaridad de los Andaluces para la Erradicación de la Marginación y la Desigualdad en Andalucía, en el que en su apartado uno establece un plazo de dos meses para resolver motivadamente las solicitudes desde la fecha de su presentación.
Por ello, nos dirigimos a la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Cádiz, desde donde nos informaron que la Comisión de Valoración constituida a nivel provincial se reunió en su 1ª Comisión de 2018 y evaluó la solicitud de la interesada, proponiendo el pago del Ingreso Mínimo de Solidaridad concedido a su unidad familiar.
Con fecha 3 de Abril de 2018, se dictó Resolución concediendo a la unidad familiar la medida de Ingreso Mínimo de Solidaridad por importe de 569.11 euros mensuales durante seis meses. Dicha prestación se haría efectiva de forma anticipada en un pago único por un importe total de 3414, 66 euros, encontrándose, en el momento de elaboración del informe, en la Intervención.
En consecuencia, considerando que el asunto planteedo se encontraba solucionado, dimos por concluidas nuestras actuaciones.
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