Queja número 17/2534
La interesada solicitó el 18 de enero de 2012 el reconocimiento de su situación de dependencia, dictándose Resolución de 2014 por la que fue valorada como dependiente severa.
Tiempo después se elaboró la propuesta de recurso por los Servicios Sociales Comunitarios, pero desde entonces no ha vuelto a tener más noticias del estado del expediente.
Solicitamos informe a la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Sevilla y nos participó que tras la correspondiente valoración, con fecha 12 de noviembre de 2014 se dictó Resolución por la que se reconocía a la persona interesada una situación de Gran Dependencia, Grado III, conforme al Baremo de Valoración de la Dependencia, aprobado mediante el Real Decreto 174/2011, de 11 de febrero, por el que se aprueba el baremo de valoración de la situación de dependencia establecido en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.
Una vez comunicada la resolución de reconocimiento de la situación de dependencia de la persona interesada a los servicios sociales del Ayuntamiento correspondiente, se elaboró la propuesta del Programa Individual de Atención proponiéndose la prestación económica de cuidados familiares no profesionales como modalidad de intervención mas adecuada.
Con fecha 14 de junio de 2017 se dictó resolución aprobando el Programa Individual de Atención para la interesada.
Puesto que la pretensión de la interesada había sido satisfecha, dimos por concluidas nuestras actuaciones.
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