Queja número 13/5807
Tras nuestra intervención, el Ayuntamiento de Barbate rompe el silencio administrativo, y demuestra la efectiva prestación del servicio de recogida de residuos en los Caños de Meca, conforme a Convenio suscrito con la Asociación de Vecinos.
Intervenimos por la falta de respuesta a escrito presentado ante el Ayuntamiento de Barbate (Cádiz), que según el interesado estableció el cobro de tasas por recogida de residuos a inmueble sito en Los Caños de Meca, aun cuando ese servicio no lo presta en la zona.
Al efecto, el Defensor del Pueblo Andaluz formulaba Recomendación al Ayuntamiento de Barbate concretada en la necesidad de dar respuesta, a la mayor brevedad posible, al escrito que ya había sido presentado ante la Administración municipal por la parte afectada con fecha 11 de diciembre de 2012.
Recibido informe, se indicaba por el Ayuntamiento que el servicio de recogida de residuos se venía prestando en la zona todos los días del año, estando establecidos los contenedores del mismo a lo largo de la arteria principal de dicho núcleo de población, por ser el lugar más accesible a los camiones del servicio, afirmando que en reunión de la Comisión de Seguimiento del Convenio de colaboración entre la Asociación de Vecinos y el Ayuntamiento de Barbate celebrada el 24 de octubre de 2014, se había destacado el buen funcionamiento del reten de servicio extraordinario para la recogida de residuos en el periodo estival.
En consecuencia, al comprobar que la Asociación de Vecinos estaba informada de todas las cuestiones relativas al servicio y de la tasa establecida, consideramos roto el silencio administrativo.
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