Queja número 15/0388
Se reparan desperfectos en vivienda de promoción pública, y se proponen labores de conservación, con la colaboración de la persona arrendataria.
En su escrito la interesada exponía que hacía 10 años se cayó el techo del cuarto de baño, (encima de la bañera) de su vivienda de protección oficial, propiedad de la Junta de Andalucía; arreglaron las tuberías y le dejaron un boquete en el techo; desde entonces estaban esperando que se lo arreglasen, mientras, el resto de la vivienda, sobre todo cocina y baño, seguía cayéndose a pedazos.
Hacía dos años, se pusieron en contacto con ellos, pero todo se quedó en llamadas y promesas sin cumplir. La última llamada fue en enero de 2015 y les informaron que sólo le arreglarían el baño porque no era prioritaria la cocina. Aún así, una semana después de esa llamada, las obras no habían comenzado aún.
Solicitamos informe a la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía, y se nos respondió que la interesada tenía suscrito desde el 1 de octubre de 1988 un contrato de arrendamiento con la Consejería de Fomento y Vivienda para el disfrute de la vivienda, con una renta hasta abril de 2015 de 20,13 euros y un IBI repercutido de 12,19 euros. La arrendataria mantenía una deuda con la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía por importe de 185.37 euros.
En relación con los problemas en el cuarto de baño, técnicos de la Agencia realizaron visita a la vivienda en octubre de 2014, constatando el estado de abandono y falta de mantenimiento de dicho habitáculo, lo que habría producido caída de azulejos, falta de piezas de la solería, bidet desmontado, grifería rota vertiendo agua continuamente a la red de saneamiento, e inodoro sin tapa con cisterna también rota. También se comprobó la existencia de humedad en el techo, provocada por el baño del piso superior. Tras esa visita, se decidió ejecutar las obras de reparación completa del cuarto de baño, tramitándose en diciembre el correspondiente expediente y ejecutándose las obras en enero. Dichos trabajos, que tuvieron un coste de 3.758 euros, estaban ya finalizados.
En cuanto a la reclamación por desperfectos en la cocina, la Agencia entendía, con carácter general, que la reparación de piezas del alicatado desprendidas era una operación de mantenimiento de la vivienda y que, por tanto, tal obra correspondía a la arrendataria. No obstante, para atender la demanda de reparación presentada por la interesada, en marzo de 2015 se inició un expediente acogido al Programa de Ayuda al Inquilino (PRAI), el cual contempla medidas para dar cobertura a las familias que atraviesan una situación económica precaria y que no pueden hacer frente a dichas reparaciones.
Este expediente proponía la conservación y mantenimiento de la vivienda de referencia, para lo cual AVRA facilitaría los materiales necesarios para la obra a la familia inquilina y compensaría la mano de obra con deuda contraída con la Agencia (185,37 euros). Continuaban informándonos que el expediente estaba a la espera de la entrega, por parte de la interesada, de la documentación que acreditara la situación económica de la familia, la cual se le había requerido formalmente el 20 de abril de 2015.
Considerando que el asunto por el que la interesada había acudido a la Institución, se encontraba en vías de solución, dimos por concluidas nuestras actuaciones.
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