La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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La Dirección General de Energía informa de las complicaciones para la instalación de autoconsumo y subsanación de datos

Queja número 21/8220

Recibimos comunicación de un vecino de Gelves (Sevilla) exponiendo que no se actualizaba en base de datos el alta de su equipo de autoconsumo y, debido a ello, Endesa no podía aplicarle la compensación por excedentes de energía al no haber recibido ninguna notificación.

Manifestaba que presentó en el registro PUES el documento de la instalación fotovoltaica con fecha 30 de julio de 2021. Además fue personalmente al registro y le confirmaron que entró y que, como todas las demás solicitudes, se transfieren sobre la marcha a la Consejería. Sin embargo la distribuidora le manifestaba que no les había llegado la correspondiente notificación.

Habiendo presentado reclamación por los hechos anteriormente narrados, dirigida a la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Sevilla, la misma continuaba sin respuesta.

Admitimos a trámite la queja y solicitamos la colaboración de la Dirección General de Energía para que nos enviase información sobre el caso que nos ocupaba.

En respuesta recibimos informe de dicho órgano directivo en el que se exponía que se había detectado que en la presentación realizada a través de la ficha PUES, con fecha 30 de julio de 2021, no se cumplimentaron los datos mínimos necesarios para su correcta tramitación, concretamente aparecía vacío el campo correspondiente al “Nombre de Pila”. Se recordaba en el informe que la legalización se realiza a través de una comunicación, por lo que no existe una validación previa, aprobación o comprobación de datos por parte de la administración autonómica.

Explicaba el informe que desde la Administración de la Junta de Andalucía, se llevó a cabo la comunicación a la distribuidora correspondiente y, en la respuesta E distribución Redes Digitales indicaba que el contenido del elemento “Primer Apellido” no era el previsto.’

Informaba que existe para el caso en el que se detecten errores o carencia de datos, una segunda ventanilla habilitada en la Junta de Andalucía para comunicación de datos complementarios (formulario VEAJA), por lo que se proponía como solución al caso, la cumplimentación del este formulario por el promotor, o su representante, para actualizar los datos de la instalación.

Nos trasladaba que se había realizado un escrito de información al reclamante, a la empresa distribuidora, y se había dado traslado del asunto a la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Sevilla, órgano con competencia en instalaciones energéticas ubicadas en la provincia.

A la vista de dicha información, entendimos que el motivo de la queja se encontraba en vías de ser solucionado, por lo que procedimos a dar por concluidas nuestras actuaciones en el expediente de queja y procedimos a su archivo.

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