La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía

La Defensoría de la Infancia y Adolescencia de Andalucía es una institución creada por el Parlamento de Andalucía y tiene como misión la defensa y promoción de los derechos y libertades de las personas menores de edad. Sus actuaciones son totalmente gratuitas y no requieren de ningún formalismo especial.

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La Comisión Técnica de Distrito Único nos informa sobre la solución dada al fallo producido en la solicitud de un Máster

Queja número 22/7149

Esta Institución del Defensor del Pueblo Andaluz recibía comunicación de una estudiante que, en síntesis, exponía los problemas que había tenido en el proceso de solicitud a través del Distrito Único Andaluz del Máster de Derecho Público y de la Administración Pública en la Universidad de Jaén.

Expresaba su angustia por no poder contactar con la Comisión Técnica de Distrito Único ya que, según exponía, tenía “un plazo muy limitado y sin saber si debo presentar alegaciones o la matrícula” continuaba el escrito de queja exponiendo el temor de que “Se me va a pasar el plazo para presentar la solicitud o para presentar la reclamación porque no consigo que nadie me conteste a porqué no puedo acceder a mi solicitud si tengo un resguardo justificativo de que se entregó correctamente en tiempo y forma.”

Admitimos a trámite la queja y solicitamos la colaboración de la Comisión Técnica de Distrito Único que nos informó de que:

En el proceso de trasvase de solicitudes de la fase 3, se produjo un fallo técnico y no se trasladaron correctamente las preinscripciones que se presentaron el día 5 de octubre a partir de una determinada hora, preinscripciones entre las que se encuentra la de la persona reclamante.

El fallo comentado provocó que en la primera adjudicación no se tuvieran en cuenta las solicitudes no trasladadas, lo que fue detectado después de la publicación de la primera adjudicación de la fase 3 (18 de octubre). Este es el motivo por el que la interesada no podía acceder a ver su situación en la primera adjudicación de la fase 3.

La omisión anterior fue subsanada para la segunda adjudicación, publicada el día 25 de octubre. Las preinsripciones afectadas fueron incorporadas al sistema y fueron evaluadas para su admisión como si hubieran participado en la primera adjudicación, respetando sus derechos de acceso en función de su calificación y otros requisitos y criterios exigidos en el procedimiento.

La persona interesada no obtuvo plazas en el máster solicitado. De hecho, la persona afectada accedió a ver su situación en el plazo estipulado para ello en la segunda adjudicación, entre el 25 y el 27 de octubre. No consta reclamación posterior de esta persona.

El fallo descrito provocó una serie de reclamaciones y llamadas al Servicio de Atención al Usuario, que fue informando, una vez identificado el problema, a las personas afectadas de lo ocurrido y de que sería resuelto en la segunda adjudicación de la fase 3.”

Entendimos que el problema que motivó la presentación de queja, siendo este la falta de información sobre la situación de la interesada en el proceso de solicitud de plaza en el Máster, se había solucionado y procedimos al cierre del expediente de queja.

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