Queja número 18/2698
La interesada manifiesta que ha tramitado ante el Servicio Andaluz de Salud reclamación de responsabilidad patrimonial.
Así manifiesta que con fecha 18-05-2017 fue emitida resolución desestimatoria de su pretensión, que recepcionó el 24-05-2017. Frente a la misma, formuló recurso de reposición el 26-06-18, pues considera que atendiendo a la fecha de la recepción de la notificación, el plazo para recurrir finalizaba ese día.
Sin embargo señala que a pesar de ello, con fecha 24-07-2017 se ha emitido resolución acordando la inadmisión del recurso de reposición, por estimar esa Administración que la notificación de la resolución finalizadora del procedimiento se practicó el día 23-05-2017.
Interesados ante la Administración, se recibe informe transmitiendo sus disculpas a la interesada puesto que como ella manifestaba, la formulación del recurso de reposición fue formulado en plazo.
La Administración, tras detectar el error de procedimiento ha procedido a anular la resolución de 24-07-2017, que acordaba la inadmisión del recurso de reposición.
Para terminar, indica que ante el recurso de reposición en cuestión se ha dictado resolución, en sentido desestimatorio, que ha sido debidamente notificada a la parte interesada.
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