Queja número 18/6534
El compareciente expone en su escrito de queja que el pasado día 6 de agosto de 2018 presentó recurso de alzada a la Dirección General de Personas con Discapacidad, por disconformidad con la resolución de la Delegación Territorial en Granada denegatoria de la tarjeta de aparcamiento para personas con movilidad reducida, por cuanto entiende que ha debido de existir algún error o confusión con otro expediente, ya que desde hace 20 años que tiene problemas para caminar y con una rodilla rígida que le impide subir cualquier escalón por pequeño que este sea.
El reclamante solicitaba agilizar el expediente y obtener la tarjeta, ya que a causa de su enfermedad tiene que visitar el centro de salud y el hospital con frecuencia, ir a los servicios de rehabilitación y natación terapéutica y la tarjeta de aparcamiento le ha facilitado el poder desenvolverse con un mínimo de autonomía.
Interesados ante la Administración, se nos indica que tras un nuevo reconocimiento en el Centro de Valoración y Orientación aportando nuevos informes necesarios, el Equipo de Valoración propone que se estime favorable el recurso de alzada por quedar constatada suficientemente la movilidad reducida.
Así, en fecha 11 de marzo de 2019 se dicta Resolución por la que resuelve favorablemente del Recurso de Alzada proponiendo la concesión de la Tarjeta de Aparcamiento de Vehículos para Personas con Movilidad Reducida, quedando, por tanto, solucionado el asunto objeto de la queja presentada.
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