Queja número 19/3799
En relación con expediente de queja recibido en esta Institución relativo a los retrasos en las pruebas de ADN de las hermanas (...) así como por la falta de seguimiento de las mismas, la Delegación Territorial de Educación, Deporte, Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación en Cádiz nos informa lo siguiente:
“Ha tenido entrada en esta Delegación resolución de esa oficina del Defensor del Pueblo de fecha 26 de abril de 2020 referida a Ia queja Q19/3799
Vista la misma y en virtud del art. 29 de Ia ley 9/1983 de 1 de diciembre de Defensor del Pueblo desde esta Delegación Territorial se aceptan los recordatorios y recomendaciones señalados en Ia citada resolución.
AI mismo tiempo se da traslado de los mismos a la Dirección General de Infancia al objeto de actuar en Io referido a la realización de protocolos de colaboración y coordinación.”
Con esta información y en tanto que la Administración ha aceptado la Resolución formulada por esta Institución, con esta fecha, procedemos a dar por concluidas nuestras actuaciones en el expediente de queja.
Asimismo le rogamos que, si mantiene contacto con estas hermanas, le traslade esta información
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