
PROGRAMA INSCRIPCIÓN MÁS INFORMACIÓN
Hace ahora diez años que el Defensor del Pueblo Andaluz (dPA) impulsó un cambio de paradigma en la gestión de quejas, incorporando la mediación como punta de lanza de la cultura de paz en la institución. Esta metodología, basada en la voluntariedad de la participación, el diálogo y el consenso, se ha consolidado como sello distintivo en nuestra Comunidad Autónoma y como referente para otras defensorías del Estado.
A la luz de los resultados positivos obtenidos en los procesos de mediación y de la satisfacción mostrada por la ciudadanía y las administraciones, tanto locales como autonómicas, queremos celebrar una jornada de reflexión y debate sobre nuestro modelo de mediación.
La mediación del Defensor del Pueblo Andaluz (dPA), tras una década de experiencia, ha dotado a esta Institución de un enfoque directo, transversal y participativo, innovando frente a la tradicional mirada que resuelve los conflictos de manera unilateral. El cambio de paradigma que ha supuesto la mediación ha consistido en abrir un espacio para la autocomposición de soluciones por parte de administraciones y ciudadanía, apoyado en profesionales y técnicas mediadoras de la Defensoría.
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Organizan: Defensor del Pueblo Andaluz Fecha: 21 de enero de 2026 Lugar: Sevilla Hotel NH Plaza de Armas (C/ Marqués de Paradas, 13. 41001 Sevilla ) |
| P R O G R A M A : |
(descargar el programa en PDF)
08:45h. Recepción de asistentes y entrega de documentación
09:00h. Inauguración del acto.
- - D. José Antonio Nieto Ballesteros Consejero de Justicia, Administración Local y Función Pública de la Junta de
- Andalucía.
- - D. Jesús Maeztu Gregorio de Tejada. Defensor del Pueblo Andaluz
09:30h. “Mediación: por qué un modelo de intervención propio”
- - Dña. Marina Otero. Asesora del área de Cultura de Paz, Justicia y Mediación del Defensor del Pueblo Andaluz
10:00h. Mesa redonda "Experiencias de participación en procesos de mediación del dPA"
Modera: Dña. María José Ruiz. Asesora Técnica de Cultura de Paz, Justicia y Mediación del Defensor del Pueblo Andaluz
- - Dña. Pilar López. Asesora jurídica de colectivo de ciudadanía.
- - D. Raul Castilla. Alcalde de Sanlucar la Mayor (Sevilla).
- - D. Álvaro Burgos. Delegado Teritorial de Agricultura de la Junta de Andalucía en Huelva.
- - Dña. Aurea del Noval. Jefa del área de Urbanismo y Vivienda del Ayuntamiento de Sevilla.
- - D. José Antonio García Cebrian. Asesor Técnico de Cultura de Paz, Justicia y Mediación del Defensor del Pueblo Andaluz.
11:30h. Pausa - Café
12:00h. Mesa redonda "Retos y desafíos para la mediación administrativa"
Modera: Dña. Marina Otero. Asesora del área de Cultura de Paz, Justicia y Mediación del Defensor del Pueblo Andaluz.
- - D. Esteban Rondón. Director General de Justicia Juvenil y Cooperación de la Consejería de Justicia de la Junta de
- Andalucía.
- - D. Luis Miguel Blanco. Magistrado de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de
- Castilla-León.
- - D. Eduardo Candau. Secretario General del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales.
13:15h Cierre de la jornada.
Conduce el acto: Dña. Marina Otero. Asesora del área de Cultura de Paz, Justicia y Mediación del Defensor del Pueblo Andaluz
INSCRIPCIÓN:
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A través del siguiente FORMULARIO (se confirmará la inscripción al mismo correo que figure en el formulario)
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A través del teléfono: 955 427 872 indicando que quieren asistir a la jornada.
PARA MÁS INFORMACIÓN:
Organiza:
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1 Comentarios
En mi práctica profesional he tenido recientemente **dos experiencias de mediación empresarial especialmente satisfactorias**, que considero de interés para su análisis durante la jornada.
En el primer caso, un cliente acudió a mi Despacho con varias reclamaciones judiciales por **impago de deudas**, algunas de las cuales habían sido inadmitidas por no cumplirse correctamente el requisito de procedibilidad (se omiten nombres de empresas por confidencialidad). Una de las deudas ascendía a **100.000 €**, respecto de la cual se había enviado una oferta vinculante sin obtener respuesta, iniciándose posteriormente la vía judicial.
Se decidió iniciar paralelamente un proceso de **mediación empresarial**, contactando con el departamento jurídico del grupo empresarial de la sociedad deudora. Lo primero fue celebrar una **sesión informativa**, ya que, pese a tratarse de grandes empresas, existe todavía un notable desconocimiento sobre la mediación. Se explicó su carácter confidencial, su flexibilidad y su valor para **preservar las relaciones comerciales**, permitiendo además soluciones creativas.
El asesor jurídico de la empresa deudora reconoció que debieron haberse sentado antes a negociar, que la mediación era un buen gesto y que estaban conformes con los servicios prestados por el acreedor, al que consideraban un proveedor “esencial”. Su objetivo era alcanzar una **solución integral**, incluyendo la parte ya judicializada y la pendiente de ampliación, **sin aplicar quitas**, abonando la totalidad de la deuda.
No obstante, la empresa se encontraba inmersa en un **proceso de reestructuración bajo un Plan de Viabilidad (art. 805 TRLC)**, lo que exigía máxima confidencialidad. Estimaban que, una vez cerrado el plan, podrían liquidar la deuda íntegra entre abril y mayo del próximo año. Se puso de manifiesto que un acuerdo voluntario permitiría al acreedor **asegurar el cobro íntegro en 4-5 meses**, frente a los **2-4 años** que podría suponer un procedimiento judicial con su ejecución, y siempre condicionado a la recuperación de la empresa, por lo el ahorro en tiempo y la posibilidad de adelantar el resultado de la Sentencia mediante una acuerdo ha resultado para ambas empresas un exito.
El segundo caso fue una mediación para la **recuperación de una deuda con una empresa rusa**, que no daba señales de vida. La mediación se inició a través de **WhatsApp**, utilizando herramientas de **traducción mediante IA**, lo que permitió salvar la barrera idiomática. A día de hoy, existe un **acuerdo firmado** y el deudor ha abonado ya el **primer plazo**.
Ambos casos muestran cómo la mediación empresarial, incluso en contextos complejos y transnacionales, puede ser una herramienta **eficaz, ágil y realista** para la resolución de conflictos y la recuperación de deudas.
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